Fue elaborado por el concejal Sebastián d Amorím, referente de una de las líneas del PRO locales, movilizado por la reforma de la Ley Nacional 19.550 en la que las sociedades de hecho caducarán el próximo 1 de Junio.

24 Abr 2018
    

El concejal Sebastián d Amorím, representante de una de las líneas del PRO de nuestra ciudad, presentó el viernes en el Deliberante un proyecto de Ordenanza que busca “simplificar” el cambio de figura en las habilitaciones comerciales locales.

Señaló que el proyecto surgió a raíz de la modificación de la ley nacional 19550, que establece que el 1 de junio “caerán las sociedades de hecho o irregulares de todo el país”, ocasionando que “todas las habilitaciones locales y licencias comerciales que están unidas o representadas por una sociedad de hecho quedarán huérfanas y deberán hacer una nueva habilitación”.

La iniciativa, que solo lleva la firma de d Amorím, busca “simplificar ese tramiterío” tanto para el Municipio como para el comerciante, autorizando al Ejecutivo a realizar una ADENDA en las licencias comerciales cuyo responsable sea la constitución de una Sociedad de Hecho , y sea uno de ellos quien solicite ser el responsable de esa nueva licencia comercial.

Cabe destacar que, mediante la reforma de la ley 19550, se establecen una serie de modificaciones y opciones respecto a estas sociedades, que deben cumplirse antes del 1 de junio del presente año, repercutiendo directamente en la ordenanza de licencias comerciales de nuestra ciudad.

El Proyecto, que lleva el sello del PRO y puede leerse a continuación, será tratado la semana próxima, según precisó a este medio el propio Concejal.

Proyecto de Ordenanza:

Artículo 1: Autorízase al Ejecutivo a realizar la adenda “cambio de titularidad” a las licencias comerciales, que en ocasión del pedido de cambio de titularidad sea de Sociedad de hecho a personales

Artículo 2: Requisitos la adenda se realizará únicamente:

 

  • Si se presenta la disolución de la sociedad,
  • el nuevo titular conforma la sociedad,
  • presenten el libre deuda legal correspondiente y
  • la licencia comercial tenga una antigüedad de por lo menos 5 años, con el mismo rubro y mismos responsables

 

Artículo 3: La tasa a abonar para esta adenda “cambio de titularidad” será la misma que se abona por licencia comercial.

Artículo 4: De forma