Entrará en vigencia el 1° de Junio

13 Abr 2019
    



El Concejo Deliberante aprobó el nuevo código de procedimiento de faltas de la Municipalidad de San Martín de los Andes. El mismo comenzará a regir a partir del 1º de junio de 2019 y se aplicará a los procedimientos en curso, salvo que se afecten los derechos y garantías constitucionales de los administrados.

Esta decisión se funda en la solicitud del Juez Administrativo de Faltas de la localidad, quien explica que el paso de los años y el crecimiento de la ciudad, hacen quedar obsoletas las normas procesales contenidas en la Ordenanza 100/81, del Código de Faltas.

A su vez, a partir de la reforma constitucional de 1994, con la incorporación a nuestra Carta Orgánica de los tratados internacionales de derechos humanos, las garantías constitucionales implícitas se han vuelto expresas y deber ser respetadas por todos los órganos del Estado en sus tres niveles de reparto de funciones.

Por tal motivo la Corte Suprema ha expresado que los resguardos constitucionales que se aplican a los procesos penales, deben alcanzar a todos los procesos sancionadores; esto es también a los procedimientos que se sustancian por ante el Juzgado Administrativo de Faltas. De ello deviene, que una serie de disposiciones contenidas en la Ordenanza 100/1981 sean claramente inconstitucionales o bien excedan el ámbito de la jurisdicción administrativa.

El nuevo Código posee un lenguaje lo más llano posible a efectos de que el mismo pueda ser comprendido por cualquier persona, ello en pos de la transparencia y claridad normativa. Por otra parte constituye una respuesta a una demanda de la sociedad en el sentido de que los procedimientos se lleven a cabo con premura, agilidad y simplicidad.