El Subsecretario de Deporte se refirió a la decisión del Municipio de no emplear, ni cambiar de función, durante esta temporada, a la única mujer del operativo Guardavidas, debido a que se encuentra embarazada.

15 Dic 2017
    

El subsecretario de Deporte, Gerardo Sanabria, se refirió a los distintos frentes suscitados antes del inicio de la temporada de guardavidas en las playas de Quila Quina, Lolen, Catritre, Lolog y Costanera del Lácar, entre los que se encuentra la decisión de no contratar a una de las trabajadoras, activa durante los últimos cuatro años, María Laura Albarracín, debido a que se encuentra embarazada.

Sanabria detalló que los quince trabajadores del Operativo que comienza hoy en los balnearios locales, entre los que se incluye un coordinador y dos franqueros, “son contratados temporalmente”.

Para el caso de Albarracín específicamente, el funcionario arrojó que “se consideró que no era viable contratarla”. La decisión fue tomada en base a la recomendación del área legal y técnica del Municipio, respondiendo a una presentación formal del gremio, en donde la trabajadora solicitaba un cambio de función para la temporada en curso, y la reserva de su plaza de empleo para el año próximo. Además, precisó, “se consultó a la CIAP, y consideraron lo mismo”.

En diálogo con este medio, Ariel Tarifeño, Secretario General del Sindicato de Guardavidas de Neuquén (SIGUNE), detalló que los Guardavidas deben ser considerados “trabajadores temporarios permanentes” y que, como tales, “cada temporada, cada empleador debe llamar a cada uno, para que manifiesten su decisión de mantener o no la relación laboral, tal como lo establece la Ley de Contrato Trabajo”.

Indicó, además, que en nuestra localidad, “el Convenio Colectivo de Trabajo es totalmente desfavorable para los Guardavidas, porque están considerados como solamente ocasionales, sin continuidad comprometida, algo que va contra la mencionada Ley”.

Lo que el Municipio debiera haber realizado, según Tarifeño, era emplear a Albarracín, aunque aplicándole un cambio de funciones con readecuación de tareas, hasta ingresar finalmente en una licencia por maternidad, un mes antes de la fecha probable de parto, que sería a finales de enero.

“Cuando un derecho no está contemplado en un Convenio Colectivo, se tiene que tomar la Ley superior que sea la más favorable al trabajador”, completó el referente de SIGUNE: “El año pasado presentamos en el Deliberante un proyecto de Ordenanza para dar estabilidad laboral a los trabajadores, porque corresponde por Ley de Contrato de Trabajo, pero fue rechazada por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), porque dicen que tenemos que respetar el Convenio”, y concluyó: “Nos perjudican con derechos que nos corresponden por ley”.

 

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