La Asociación de Vecinos Sin Techo y Por una Vivienda Digna presentó el pasado martes una nota que tenía como destinataria a la intendenta municipal, Brunilda Rebolledo, en donde mencionan “falta de gestión” y accionar “perezoso” en cuanto a políticas habitacionales de la localidad, situaciones que caberían ser catalogadas dentro del “Delito Contra la Administración Pública”, en el Código Penal.
Rebolledo respondió ayer, mediante un comunicado, a la presentación que llevó la firma de Vecinos Sin Techo (VST), la Comunidad Mapuche Curruhuinca, la Cooperativa de Trabajo y la Confederación de Trabajadores de la Economía Popular:
“Tengo el agrado de dirigirme a ustedes en respuesta a vuestra nota de fecha 7 de noviembre que fuera ingresada a esta administración con el número 6941 F° 65, y me es grato, asimismo comunicarles que se han hecho todas las gestiones posibles y necesarias para avanzar con la temática de vuestro interés, que tales gestiones ponen de manifiesto la intención de esta administración de avanzar con paso firme respecto de resolver las situaciones planteadas, las que indudablemente no se encuentran en el ámbito de dominio del hecho y seguramente nuestra contribución a la solución no es la más importante o la más eficaz y todo ello es en razón la situación financiera municipal, así como patrimonial, que permita la realización de viviendas como obra propia.
Es de vuestro conocimiento que la dependencia de recursos que aporta la Provincia o la Nación es decisiva para la realización de las viviendas y demás infraestructura.
Respecto del punto uno de la nota, la pasividad respecto de estas cuestiones, no solucionan nada, simplemente los invito a sumarse para poder realizar las acciones que sean necesarias en conjunto y tal cual lo regulan las normas administrativas de participación comunitaria.
El argumento de los puntos dos y tres de vuestra nota, lo encuentro injuriante, dado que hacen aseveraciones sin fundamento alguno tratando de endilgarme a mí y a mis funcionarios, un incumplimiento manifiesto de normas que, como sabrán, son reguladas o se encuentran regladas y hace referencia a derechos constitucionales consagrados en el artículo 14 bis, como si fueran absolutos. Y no hay que ir muy lejos, porque en el artículo anterior (14) la CN reitera: “Artículo 14.- Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio… Pero la tesitura respecto de lo absoluto continúan ofensivamente en la nota que ahora contesto, no solamente pretenden que el derecho a la vivienda digna sea absoluto, sino que además pretenden que, para obtenerla, se use la prepotencia y no la debida petición a las autoridades (otro derecho consagrado). La prepotencia se manifiesta en la indebida intención de hacer parecer que cometemos delito, en ese sentido solicito que se abstengan de imputar sin fundamentos (lo que sí es un delito) falseando circunstancias. Con ello quiero expresar que, para el caso de que tengan fundamentos, se abstengan de apercibimientos y procedan, como es vuestro derecho, a formalizar la denuncia correspondiente, y en el caso de que continúen, haré uso de lo que determina la Constitución Provincial en su Artículo 159, vindicándome de estas acusaciones gratuitas. En ese sentido me atrevo a aconsejarlos que para resolver cuestiones comunes se hace necesario actuar mancomunadamente y no promoviendo la división y apologizar con delitos y usurpación o “tomas de tierras”.
Con los fundamentos vertidos entiendo que solicitar una “mesa de diálogo” es todavía más agraviante, fundamentalmente cuando las puertas han estado siempre abiertas en el Instituto de la Vivienda y Hábitat y luego de haber manifestado que mi postura es maliciosa y clientelista.
Asimismo les comunicamos que estamos pronto a finalizar con un informe, donde podrán encontrar todos los antecedentes de las acciones y gestiones realizadas por este gobierno.
Parece subliminalmente que la única pretensión de vuestra parte es la de provocar lo que argumentan defender, como es el caos social con una necesidad tan sentida como es la vivienda propia.
Mi gobierno pone en cabeza del Instituto de la Vivienda y Hábitat la responsabilidad de esta cuestión y para el caso de que participen las comunidades mapuches de referencia es la Mesa Intercultural, en ese sentido deberán remitirse a ese Instituto y realizar allí los debidos reclamos en el ámbito que les concede la Ordenanza N° 9487, Año 2012, Art 5 Inc e, en relación al 169 y 170 de la COM”.