Compartimos la historia, las empresas que pasaron, las sociedades, además de los éxitos y los fracasos. Inversiones, venta de tierras y proyectos inmobiliarios. Los compromisos y las obligaciones que surgen del contrato de concesión.

15 May 2017
    

El desarrollo de Chapelco como centro de esquí comienza a partir del año 1973 en que la Provincia adjudica a la Empresa Lagos del Sur S.A. la concesión para el desarrollo y explotación del cerro. "Esta empresa realiza importantes inversiones y elabora el proyecto de desarrollo inmobiliario "Aldea del Sol" ubicado en el Lote 69 A que no llega a concretar", aunque dispuso de la titularidad y subdivisión de 200 unidades funcionales.

Posteriormente la falta de rentabilidad imposibilitó a esta empresa continuar.

En el año 1981 vende sus activos al Banco Nacional de Desarrollo, que se hace cargo del cerro hasta el año 1984. Ante el fracaso del llamado a "Licitación Pública Internacional realizada para privatizar el Cerro Chapelco" manifiesta la imposibilidad de continuar decidiendo la venta de sus activos a la Provincia, la que se hace cargo de la explotación a través de la Sociedad Cerro Chapelco Sociedad del Estado, que se limita a mantener en funcionamiento el complejo.

Tras cuantiosas pérdidas operativas, esta Sociedad decide en 1986 llamar a licitación para la concesión del cerro la que se realiza mediante la "Licitación Pública Nº 5/86 adjudicando por el Decreto Nº 1283/87 su explotación a la Empresa Bolland y Cía. S.A. "

Es importante resaltar que en el primero de los considerandos de ese Decreto se menciona expresamente: "…Que con fecha 29 de diciembre de 1986 se ha realizado la apertura de los sobres contenidos en las ofertas correspondientes a la Licitación Pública nº 5/86 SAEH, para la concesión de la Explotación del Complejo Chapelco y Venta de Tierras en los términos de la Ley nº 378 de Promoción Industrial…"

El Contrato de Concesión, debido a los graves acontecimientos económicos a nivel nacional desde su adjudicación en el año 1987 sufrió numerosas modificaciones tanto en su contenido como en la titularidad de la concesión estando a cargo en primer lugar y a partir del año 1993 de la Cooperativa Telefónica de San Martín de los Andes (Decreto Nº 2960/93).

La Cooperativa "…luego de grandes pérdidas operativas que fueron consecuencia de su dificultad técnica y económica para desarrollar una normal explotación…", en el año 1997 "…solicita a la Provincia asociarse con un inversor que aporte los capitales necesarios para continuar con las obligaciones del pago de la deuda a la Provincia…"

"Tras varias intentos por parte de la Cooperativa de incorporar nuevos inversores -Grupo Reynal, Boyne Group, Grupo Chileno y Valle de las Leñas S.A. - se asocia en UTE con ésta última que tenía la garantía de ejecución de contrato del Banco Patricio pero ante la quiebra de este banco suscribe en el año 1997 un nuevo contrato con la Empresa Nieves del Chapelco S.A. para la continuación en forma participada de la explotación".

Más tarde en el año 2000 solicita que ésta última empresa se haga cargo del 100% de la explotación del Cerro Chapelco. La que se hace cargo de la concesión con el compromiso de continuar con las inversiones previstas y cancelar la deuda que había contraído la Cooperativa con la Provincia (Decreto Nº2451/00).

En este último Decreto se establece en su Cláusula Cuarta lo siguiente:  "…Se deberá modificar la Cláusula Vigésima Cuarta del Contrato de Concesión que contempla el desarrollo inmobiliario de la Estación Integrada de Turismo de Montaña, previéndose la formulación de un nuevo proyecto que se adecue a las demandas actuales y a las nuevas exigencias ambientales establecidas que se desarrollará sobre una superficie de treinta (30) hectáreas. El proyecto deberá ser aprobado por La Provincia y ajustarse al Código de Edificación de la Municipalidad de San Martín de los Andes, en su caso si la importancia del proyecto lo justificara, La Provincia afectará al desarrollo inmobiliario hasta un máximo de veinte (20) hectáreas más…"

Con la entrada del país de la vigencia de la ley de convertibilidad (año 2001) la empresa tuvo graves problemas económicos y financieros, volviendo el estancamiento de las inversiones, lo cual obligó la empresa a solicitar a la Provincia vender la totalidad de sus acciones. De esta forma en el año 2006 se autorizó la venta de las acciones de la Empresa asumiendo la conducción de su presidencia el Dr. Juan Cruz Adrogué.

La empresa Nieves del Chapelco cumplió con el 100% de los compromisos de inversiones pendientes desde el año 1987. 

En la temporada del año 2007, con una inversión que superó los 10.000.000 de dólares, inauguró la primera Telesilla Cuádruple Desembragable de la historia en Argentina "Rancho Grande" y en el año 2008 inaugura el primer sistema de Innivacion Inducida de nuestro país que modifico definitivamente el perfil del centro de esquí ubicándolo en estándares internacionales.

En el año 2007 la Provincia reconoció otorgar en compensación de las inversiones las 50 hectáreas, de acuerdo a lo convenido en el Decreto Nº 2451/00.

En estas condiciones el concesionario, a principios del año 2008 reclamó a la Provincia que cumpla con los compromisos establecidos contractualmente y le otorgue la titularidad de las 50 Has por derecho que le correspondía en un todo de acuerdo al contrato de la concesión a fin de iniciar la construcción del Desarrollo Inmobiliario.

La Provincia no se encontraba en condiciones de cumplir con este importante compromiso ya que debió hacer lugar a los reclamos de la Comunidad Mapuche Vera, que en virtud del Decreto Nacional de 1925 del ex Presidente Alvear, se debía reconocer que la titularidad de las tierras del Lote 69 A, alrededor de 640 Has, le correspondía a la Comunidad Mapuche Vera, por lo cual luego de varios acuerdos con ésta comunidad, se concluyó con el compromiso de otorgarles la titularidad del Lote 69 A, lo cual actualmente está en sus estadios finales de transmisión de titularidad.

Bajo estas circunstancias, en ese mismo año, la Provincia solicitó a la Empresa Nieves del Chapelco, como condición indispensable para evitar obviamente un reclamo judicial, efectuar una compensación con tierras ubicadas en otro lugar, es decir se inició la difícil tarea de cambiar la zona donde se construiría el Desarrollo Inmobiliario, a efecto de lograr la Empresa acepte que el mismo se realice en el único lugar disponible ubicado sobre la cota de 1600 más, zona que conocemos como Antulauquen, lo cual dio inicio a numerosas y complejas reuniones de negociaciones, las que duraron dos años, que involucraron en principio una rotunda negativa a un acuerdo que finalmente satisfizo las necesidades de las partes.

Aun con todas estas situaciones no resueltas, con las obligaciones cumplidas hasta el año 2025, ante las inquietudes de los Gobiernos Municipal y Provincial la Empresa continuo con la Expansión y las Inversiones en el centro de esquí como lo demuestra la incorporación de la Silla Cuádruple del  Mocho en la temporada 2015 que represento una inversión de más de 3.000.000 de dólares y un incremento de 1.800 pasajeros hora en la capacidad de transporte de pasajeros.

Es así que la Empresa, previa verificación, por parte de especialistas en desarrollos inmobiliarios de alta montaña traídos de EEUU, manifestó que el principal problema era desplazar el desarrollo de la Aldea de Montana de la base del centro de esquí, sino además problemas de altura con importante acumulación de nieve, difícil acceso y que en comparación carecía de las vistas a la ciudad, hacia el lago Lacar, carecía del atractivo del entorno de medios y pistas que el Lote 69 A presentaba, y que sumado al encuadre del Emprendimiento bajo  el formato de Club de Campo, concluyeron que su realización era factible pero que se debían compensar estas dificultades.

La Empresa estuvo dispuesta a acceder si en el acuerdo se incluía una mayor cantidad de hectáreas, no solo en concepto de compensación debido a que las condiciones de construcción e inversión eran totalmente distintas, sino también que era requisito indispensable debido a la morfología de su nueva ubicación, acordándose en consecuencia que estas diferencias podrían compensarse y que un acuerdo sería factible si en lugar de las 50 has comprometidas en el año 2000 se otorgasen 90 has, todo lo cual se materializó en el Acuerdo de Renegociación aprobado por el Decreto 505/2010.

Por lo cual firmado el Acuerdo de Renegociación se iniciaron los trámites para la transferencia de las tierras y la escritura traslativa de dominio se concluyó en el año 2015, mediante el Decreto Nº 0242/14. El precio que debió abonar la empresa fue de $ 1.153.546,24 pesos, monto que surgió del valor fiscal con aplicación de la Ley 378 de Promoción Industrial en compensación a las inversiones realizadas para el desarrollo del centro de esquí, en un todo de acuerdo a las normativas legales vigentes es decir Pliego de Licitación Pública Nº5/1986 y Decreto Nº 1283/87 que aprobó el contrato de la concesión contenido en el pliego.

El Anteproyecto del Desarrollo Inmobiliario cuenta con la aprobación previa de la Autoridad de Aplicación, el que, de acuerdo a las especificaciones contractuales, debe ser aprobado por las distintas autoridades de aplicación con competencia en el Centro de Esquí del Cerro Chapelco, entre ellos, y como primera instancia, debe intervenir el Ministerio de Producción y Turismo para otorgar la excepción a las restricciones de la Ley de Bosques y posteriormente la Municipalidad de la Ciudad de San Martín de los Andes, que con su intervención determinará las condiciones urbanísticas que están dentro de su competencia.

Hasta aquí ha sido simplemente una sinopsis de los acontecimientos legales más importantes de la concesión del Cerro Chapelco, pero no debe dejar de resaltarse las consecuencias que se originaron a partir de ensayos de fórmulas que terminaron en forma ruinosa para el Cerro Chapelco perjudicando a los habitantes de San Martín de los Andes y a la Provincia, quienes vivieron durante mucho tiempo la secuencia de estos fracasos en el manejo del Cerro con las incertidumbres en cada temporada de cual iba a ser su destino.

Actualmente Cerro Chapelco cuenta con una concesión que se ha consolidado, que ha cumplido con la totalidad de sus obligaciones contractuales, como consta en toda la documentación existente, y además ha funcionado con éxito y en forma eficiente cuidando sus instalaciones, las pistas, el personal, prestigiando cada vez más su escuela de esquí, brindando más de 450 puestos de trabajo en forma directa y cerca de 800 de manera indirecta, cuestiones que resultan sumamente importante para el desarrollo de toda la región, no solo San Martín de los Andes, sino también sus zonas de influencia inmediata como Junín de los Andes, Meliquina y Villa Traful.

El Desarrollo Inmobiliario tendrá un impacto altamente positivo sobre la economía de San Martín de los Andes ya que su destino está pensado para un sector de altísimas posibilidades económicas que sin lugar a duda continuará jerarquizando la calidad del Cerro Chapelco y, es importante resaltarlo, ya que no compite en absoluto con las inversiones que otros privados realizan o realizarán en turismo, por el contrario se complementan ampliamente ya que incrementarán el  consumo y las fuentes laborales en toda la zona y le permitirá a Empresarios del lugar tener acceso a nuevos proyectos de inversión.

La Provincia, por su parte, tiene la obligación de cumplir con sus compromisos otorgando al concesionario la seguridad jurídica que surge del contrato de la concesión y a su vez alentarlo para sostener la actividad del cerro tanto en verano como en invierno para que continúe siendo el centro de esquí de excelencia, tal como está considerado, por segundo año consecutivo, como "el mejor Centro de Esquí de la República Argentina".

Asimismo el concesionario ha presentado para su aprobación, por parte de la Autoridad de Aplicación, un ambicioso Plan de Crecimiento y Desarrollo Sustentable para el centro de esquí el cual contempla ampliar la cantidad de medios de elevación y transporte de pasajeros, la cantidad de pistas de esquí, infraestructura, equipamiento en máquinas y cañones de innivación inducida,  como así también la ampliación de la playa de estacionamiento, que de concretarse podrá mantener al Centro de Esquí Cerro Chapelco con un crecimiento y desarrollo sostenido en el tiempo. De llevarse a cabo, San Martín de los Andes podrá contar con un Centro de Esquí con medios de elevación y transporte de pasajeros para 22.000 turistas hora, 42.000 metros lineales de pistas y playa de estacionamiento para 1800 vehículos.