Brunilda Rebolledo envió un comunicado de prensa, justificando la promulgación de la Ordenanza que habilita temporalmente a las rucas de la base del Chapelco, pese a que las mismas no cuentan con habilitación, planos aprobados ni licencia comercial.

12 Jul 2017
    

Con la confirmación de la promulgación del Ejecutivo a la Ordenanza de habilitación temporal de las rucas de la base del Cerro Chapelco, la Intendente Brunilda Rebolledo envió una “carta a los vecinos”, detallando los motivos por los cuales decidió dar curso a la misma, pese a que los locales no cuentan con licencia, habilitación ni planos aprobados:

“LAS RUKAS: UNA MEDIDA  PRUDENTE EN POS DE LA SUSTENTABILIDAD ECONOMICA Y SOCIAL DE NUESTRA CIUDAD TURISTICA

Estimados vecinos:

En el marco de la reciente sanción, por parte del Concejo Deliberante, de la Ordenanza que autoriza al Departamento Ejecutivo a otorgar licencia comercial a término a los Rental y Rukas que pretenden funcionar comercialmente en la base del Cerro Chapelco, estimo prudente explicar los fundamentos que hemos considerado para promulgar la Ordenanza Nº 11.376/17.

Una vez más nos toca, como municipio, intervenir en un conflicto de vieja data, y cuyos actores principales están por fuera de la gestión municipal: el Gobierno de la Provincia, la Comunidad Curruhuinca y la Empresa Concesionaria de Chapelco.

Nos estamos refiriendo a la habilitación transitoria de las denominadas Rukas, que no son ni más ni menos que los Rental de Esquí y que de acuerdo al reclamo presentado por la Concesionaria del Complejo invernal Cerro Chapelco, las mismas estarían en infracción por estar dentro del predio de la concesión.   

Como municipio nos corresponde el ejercicio de funciones que son de nuestra competencia, como es la aprobación de planos, el control ambiental, sanitario y bromatológico, el otorgamiento de licencias comerciales, por citar algunas que son de aplicación en todo el ejido municipal y a todos los ciudadanos de nuestra localidad.

Actuamos por primera vez en nuestra gestión el año pasado clausurando los locales. Hicimos la denuncia correspondiente, a la cual apelaron solicitando una medida cautelar de no innovar que fue rechazada por la justicia y de la cual nos notificamos todas las partes los últimos días de junio. La reacción inmediata del Lonko de la comunidad Curruhuinca  fue promover cortes de rutas  instando a la violencia,  y por otra parte los directivos de la empresa concesionaria  reclamaron con justa razón que se haga efectivo el fallo.

Todo este proceso se ha dado en medio de infames denuncias que en nombre de la legalidad y el deseo de justicia esconden los mediocres motivos electorales que muy lejos están de las propuestas superadoras que necesita nuestra ciudad.

En este clima de tensión debemos dar tratamiento a la ordenanza sancionada y buscamos la manera de seleccionar la alternativa de mayor gobernabilidad. Siempre hemos apelado al diálogo propiciando el acuerdo entre las partes. No es nuestra intención ir en contra de lo que determinó la justicia. Por el contrario,  consideramos que es el gran disparador para lograr la legalización necesaria para resolver este pleito. Por esta razón,  la Ordenanza N° 11.376/17  otorga una habilitación  a término, que se concede por una única vez, la cual, el Departamento Ejecutivo no volverá a conceder el próximo año en calidad de excepción.

Los conflictos legales y de propiedad de la tierra exceden nuestra competencia y está en manos de los actores principales resolverlos a fin de evitar una repetición periódica de un pleito que afecta a toda la comunidad.

Como medida proactiva impulsaremos una comisión específica incluyendo a sectores del gobierno provincial. Existe el compromiso del Ministro de Turismo para trabajar en este sentido.

Con prudencia pero sin renunciar a las soluciones de fondo y en pos de una mayor  sustentabilidad económica y social de San Martín de los Andes,  velando por el cuidado de una de las fuentes más importantes de nuestra economía, propiciando la paz para que  los 450 empleados del Complejo Invernal puedan desarrollarse laboralmente y favorecer de este modo el entramado comercial  que deja millones de pesos en nuestra Localidad. Con la mirada puesta en mantener un equilibrio armónico en nuestra ciudad turística,  con el firme compromiso de continuar con todas las gestiones necesarias para que este tema deje de ser un conflicto constante en San Martín de los Andes y teniendo el convencimiento de que los actos de gobierno siempre deben servir al bien común,  es que he decidido promulgar  la Ordenanza N° 11.376/17”.