El Deliberante de nuestra ciudad adhirió a la ley provincial que establece la obligatoriedad, que debe surgir sin petición previa. Además, se establece, dentro de lo posible, la colocación de un dispensador en un lugar visible y accesible al público.

13 Nov 2017
    

El Deliberante local adhirió el jueves pasado a la ley provincial número 3064/17 que establece la obligatoriedad para los comercios cuyo rubro principal sea el gastronómico y cuenten con mesas para la atención al público, de ofrecer a sus clientes, sin petición previa, agua potable, suficiente y gratuita.

La Ley también  establece, dentro de lo posible, la posibilidad de colocación de un dispensador en un lugar visible y accesible al público.

Completa la norma la exhibición de un cartel con la siguiente leyenda: “Sr. cliente, en este comercio usted tiene derecho a que se le provea agua potable en forma suficiente y gratuita”.

La norma cuenta con el apoyo de la Asociación Hotelera y Gastronómica local y de la Secretaría de Turismo, haciendo la salvedad respecto de la obligación de contar con un dispensador, por considerar que ello podría significar una baja en la rentabilidad de los comercios.

La autoridad de aplicación, que deberá constatar el cumplimiento de la Ley, será la Dirección de Bromatología.