Propone suspensión de obras, la recepción de nuevos proyectos y la convocatoria a una mesa de trabajo para una primera propuesta de ordenamiento territorial

18 Jul 2019
    


Ante reiteradas presentaciones de vecinos por el avance de urbanizaciones en Kaleuche, que se
reportan sin los permisos correspondientes para intervenciones que afectan boques, cursos de
aguas, tomas de agua y escorrentías y, al mismo tiempo, frente al legítimo derecho de aquellos
que anhelan y se procuran su casa propia, la Defensoría del Pueblo y del Ambiente ha advertido
en distintas ocasiones la necesidad de dotar a esa área, de intenso crecimiento, de un plan
director que a la vez actualice los índices urbanísticos.
Si bien es cierto que existen gestiones municipales en marcha con el objeto de dotar al área
Kaleuche de distintos servicios, también es de rigor que tanto los vecinos de antigua data como
aquellos que están próximos a residir se encuentran con situaciones de hecho que han
provocado zozobra y malestar.
En efecto, el área Loteo Kaleuche, particularmente en sus cotas altas y aún no consolidadas con
urbanización dispersa, ha sido motivo de recurrentes quejas que han alcanzado dominio público
por intervenciones no autorizadas que, conforme su avance, afectan bosque nativo; los cursos de
agua y escorrentías naturales; las tomas de agua de vertientes y, en general, el entorno, sin un
plan de desarrollo fundado en estudios que determinen la fragilidad de ese ecosistema y la carga
antrópica aconsejable. En paralelo, vecinos adquirentes de nuevos lotes y los desarrolladores
hicieron distintas presentaciones ante el Departamento Ejecutivo Municipal pidiendo
precisamente parámetros para desarrollar infraestructura y caminería en los sectores de nuevos
emplazamientos en el área Kaleuche.
Las afectaciones son potencialmente muy serias: bastará señalar que si se despliega en un plano
el área Kaleuche en su conjunto, se observará a simple vista que duplica en superficie al casco
histórico de la ciudad, lo que da una primera percepción de la importancia de dotar de un
adecuado ordenamiento a esa porción del ejido.
Hoy, la presión por la venta de lotes en el área Kaleuche es insistente y los asentamientos se
suceden y son verificables a simple recorrida del lugar.
La elaboración del proyecto de Ordenanza estuvo precedida de consultas de esta Defensoría
tanto con vecinos residentes como con loteadores, así como se nutrió de consideraciones
vertidas en distintas reuniones de trabajo.
Proyecto cautelar
Frente a ese cuadro y teniendo como antecedentes la Ordenanza N° 3433/00 Cautelar Lolog, la
Ordenanza N° 6561/05 de Indicadores Urbanísticos Kaleuche, y la Ordenanza N° 7924/08
Modificatoria Indicadores Urbanísticos Kaleuche, la Defensoría del Pueblo y del Ambiente
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presentó al Concejo Deliberante, en un todo de acuerdo con las facultades que le confiere su
Ordenanza de creación 10136/14, un proyecto de Ordenanza Cautelar, que en sus aspectos
centrales propone lo siguiente:
- Suspensión por el plazo improrrogable de 90 días de toda aprobación y ejecución de obra
que a consideración de la autoridad competente municipal en todo cuanto le
corresponda, incluya desmontes y caminería cuyo trazado afecte o pueda afectar bosque
nativo, suelos en faldeo, surgentes y cursos de agua naturales o conducidos en el área
denominada Loteo Kaleuche, con emplazamiento en los Lotes Pastoriles 43 y 44 de la
Colonia Maipú.
- Se exceptúa de esa suspensión a las obras de tendidos y/o conexión a servicios públicos
domiciliarios en ejecución o con permisos aprobados o trámites iniciados.
- Suspensión por el plazo improrrogable de 90 días de la recepción de todo trámite de
proyecto de obra nueva y relevamiento de hecho existente, así como la dispensa por vía
de excepción de todo proyecto que involucre fraccionamientos y subdivisiones en
propiedad horizontal en el área Loteo Kaleuche.
- Relevamientos en el área de sistemas domiciliarios de tratamiento de aguas residuales, así
como de cursos de agua, escorrentías naturales o conducidas, tomas de agua de
vertientes naturales y/o conducidas, a los efectos de integrar los datos resultantes a la
evaluación de las prioridades de protección y usos sustentables.
- Convocatoria a una Mesa de Trabajo Intersectorial que en el término improrrogable de 60
días a partir de su llamado, deberá producir una primera propuesta de ordenamiento
urbano territorial, fundada en la articulación entre la urbanización y la sustentabilidad del
entorno aplicable al área Loteo Kaleuche, en todo cuanto corresponda a la jurisdicción y
competencia municipal.
- La propuesta referida deberá ser entendida y elaborada bajo la premisa de dotar al área
Loteo Kaleuche de una primera etapa de ordenamiento urbano-territorial con efecto en
los sectores de mayor presión de urbanización asentada o en curso, quedando para una
segunda etapa el ordenamiento del conjunto del área Loteo Kaleuche, que incluya en
especial zonas aún no urbanizadas pero practicables.
- Para orientar el ordenamiento de esta primera etapa se tomarán como referencias los
estudios, datos técnicos disponibles y categorización jurídica sobre la presencia de
bosques nativos en Loteo Kaleuche; los relevamientos disponibles o a disponerse en el
terreno durante la vigencia de esta Ordenanza y todo otro dato técnico, relevamiento o
estudio disponible a la fecha, que la Mesa de Trabajo considere pertinente y oportuno.
- La Mesa de Trabajo se conformará con representantes del Departamento Ejecutivo
Municipal, que a vez deberá convocar a los integrantes de la Junta Vecinal del Loteo
Kaleuche o a quien ésta designe o mandate con ese fin, y a los Desarrolladores o
loteadores del Loteo Kaleuche o a quienes éstos designen o mandaten con ese fin.
- Las divergencias que pudiera haber en distintos aspectos de la propuesta de
ordenamiento objeto de la Mesa de Trabajo, de resultar insalvables, no paralizarán el
avance de ésta sino que darán lugar a un documento final alternativo en todo o en parte.
- El Departamento Ejecutivo podrá contratar técnicos y/o profesionales externos que
asesoren a la Mesa de Trabajo, cuando lo considere oportuno y necesario.
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- El documento final con la primera etapa del plan de ordenamiento deberá ser presentado
al Concejo Deliberante para su consideración y tratamiento.
DEFENSORIA DEL PUEBLO Y DEL AMBIENTE.