En un acuerdo alcanzado entre la fiscalía, las querellas y la defensa, Pedro Darío Jofré Luján (39), el delegado gremial de ATE, fue sentenciado este martes a 8 años de prisión de cumplimiento efectivo. Los cargos incluyeron triple tentativa de homicidio agravado por el uso de arma, portación de arma de uso civil y encubrimiento. Jofré fue el responsable de herir a una empleada municipal de San Martín de los Andes y disparar contra dos fotoperiodistas que documentaban la pelea entre sectores antagónicos del gremio el 29 de julio de 2022.
La sentencia fue aprobada por el tribunal integrado por Leticia Lorenzo, Cristian Piana y Maximiliano Bagnat, tras ser homologada como resultado del acuerdo previo entre las partes.
La defensa, representada por Mario Rodríguez Gómez, renunció a los plazos de impugnación, lo que lleva a que Jofré comience a cumplir su condena de inmediato, convirtiendo su prisión preventiva en efectiva.
El fiscal jefe Agustín García explicó que la pena de 8 años se determinó considerando tanto el mínimo previsto para los delitos por los que fue condenado (5 años y 4 meses) como el máximo (15 años).
Factores atenuantes y agravantes
Entre los factores atenuantes se incluyeron la falta de antecedentes y la asunción de responsabilidad por parte de Jofré.
Por otro lado, los factores agravantes consideraron las circunstancias del incidente: ocurrió en pleno centro de una ciudad turística durante el horario pico (11 de la mañana). También se tuvo en cuenta la conducta posterior del imputado, quien huyó del lugar, desechó el arma y cambió su apariencia antes de entregarse.
García también resaltó que no había razones justificables para que Jofré sacara su arma y comenzara a disparar en esas circunstancias.
La importancia del periodismo
El querellante Ricardo Mendaña, representando al fotoperiodista Patricio Rodríguez, enfatizó que la labor periodística "siempre implica un riesgo", lo que lleva a que muchos sistemas legales ofrezcan protecciones específicas para resguardar esa tarea. Mendaña cuestionó cómo puede un periodista continuar su labor con tranquilidad cuando fue apuntado y disparado a pesar de ser ajeno al conflicto.
El abogado argumentó que así como se considera el daño típico, también se debe tener en cuenta el daño extra típico, el cual en este caso se relaciona con la afectación de la actividad periodística. Según Mendaña, Jofré sabía que estaban grabando sus acciones y actuó en consecuencia.
"No buscamos una pena vengativa"
El otro querellante, Federico Egea, en representación de la empleada Elena Cabeza, declaró que su objetivo no era una pena desproporcionada ni vengativa, sino una que satisficiera las necesidades del caso.
El tribunal consideró que el acuerdo era razonable y ajustado a la ley, y por lo tanto impuso una pena de 8 años de prisión para Jofré.