La Dirección Provincial de Protección al Consumidor, dependiente del Ministerio de Gobierno del Neuquén, informó la plena vigencia de la prohibición de importación, distribución, comercialización y publicidad de sistemas o dispositivos electrónicos destinados a inhalar vapores o aerosoles de tabaco, incluidos los “cigarrillos electrónicos” y los “productos de tabaco calentado”. La medida se enmarca en la Resolución 565/2023 del Ministerio de Salud de la Nación y en la Disposición 3226/2011 de ANMAT, que también alcanzan a los accesorios relacionados.
El objetivo es proteger la salud pública y desalentar el consumo de productos que representan un riesgo, particularmente para adolescentes y jóvenes. Se recordó que el tabaquismo continúa siendo la principal causa de muerte prevenible y que la nicotina es altamente adictiva, con consecuencias vinculadas a enfermedades pulmonares crónicas, cardiovasculares y distintos tipos de cáncer.
Desde Protección al Consumidor se advirtió que el incumplimiento de la normativa hará pasibles a los infractores de sanciones económicas previstas por las leyes nacionales y provinciales. Actualmente, las multas oscilan entre $593.413 y $2.492.334.600, de acuerdo con la Ley 2.268.
De esta manera, el Gobierno de la Provincia reafirmó su compromiso con la protección de la salud de la población neuquina y el cumplimiento estricto de la normativa vigente. En San Martín de los Andes, la medida rige para todos los puntos de venta y servicios vinculados a estos dispositivos.