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Deberán concurrir con
a) Certificado de buena salud..., el que deberá certificar expresamente “apto para realizar actividades acuáticas”.
b) Documento de identidad.
c) Libreta de guardavidas.
(ARTICULO 6º, Ordenanza N° 4730, Año 2002)
Asimismo, citamos a todas/os las/os guardavidas que deseen participar del proyecto de modificación de la Ordenanza que regula la actividad, a la reunión a realizarse a las 16:30hs en el mismo lugar de la reválida.