Alertados los concejales de la ciudad, en la sesión pasada aprobaron un proyecto de comunicación en el que solicitaron a la AFIP la necesidad urgente de que cese en las intimaciones a los contribuyentes de San Martín de los Andes, por el cobro de las deudas generadas durante el periodo en que nuestra zona fue declarada Zona de Desastre y Emergencia Económica y Social por la Ley Nacional 26.697, en razón de la erupción del Volcán Puyehue –Cordón Caulle que se iniciara en junio del año 2011, e Insta a la AFIP, el cumplimiento del Artículo 4°, inciso 1, sub inciso c), de la Ley 26.697. (a)
Motiva esta resolución el reclamo de los empresarios que indicaron que fueron más de 150 las notificaciones provenientes del ente recaudador intimando al pago de las deudas generadas durante ese periodo sin los beneficios anunciados oportunamente por la senadora Nancy Parrilli, junto a representantes de la AFIP y del poder político local y regional en una presentación realizada en el centro de visitantes y museo del Parque Nacional Lanín el pasado 27 de diciembre pasado (Evaluarán cada caso particular).
Sobre esto, el autor del proyecto el concejal Bruno indicó “dijeron que se iba a evaluar cada caso como lo indica la ley y esto no se ha cumplido; aparte estamos hablando de un inicio de gestiones con intervención de una senadora nacional, que vino a dar la cara, que se comprometió a que esto se evalúe, pero, como lo dije en la sesión, esto fue circo político”, lanzó el edil.
Reafirma sus dichos el concejal vecinalista en el hecho de que algunos comerciantes afectados se habrían comunicado con miembros del ejecutivo municipal “uno de los empresarios dijo haberse comunicado con el secretario de gobierno que quedó en llamarlo y nunca lo llamó, también expresó que en una nota que le estaban haciendo en una radio a la senadora Parrilli, le pidió que le tomen el teléfono (al comerciante) y nunca lo llamó.”
Finalmente y como antecedente, ya en el año 2012, el Concejo sanción una Declaración mediante la cual se declaró la necesidad de que la AFIP implementara, al igual que lo hiciera en San Carlos de Bariloche, planes de pago de 108 cuotas, dirigidos a monotributistas, comerciantes, industriales, gastronómicos y hoteleros que se vieron afectados por el desastre natural; a la vez que se encomendó al Departamento Ejecutivo que diera cursos a las acciones tendientes a lograr este fin.
(a) Art. 4° - 1. Asistencia financiera especial para las actividades económicas damnificadas: las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas, concurrirán en ayuda de las explotaciones damnificadas comprendidas en la declaración de zona de desastre y/o emergencia económica y social, aplicando de acuerdo a la situación individual de cada explotación y con relación a los créditos concedidos para su explotación comercial, las medidas especiales que se detallan seguidamente: c) Unificación, previo análisis de cada caso, de las deudas que mantengan las explotaciones afectadas con cada institución bancaria interviniente, en las condiciones que establezcan estas últimas.