El 29 de junio pasado el juez Jorge Criado había determinado una pena de 17 años para un hombre de San Martín de los Andes, luego de que un Jurado Popular lo declarara culpable de "abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo", por la violación de sus propias hijas durante el año 2013, cuando ellas no llegaban a tener 4 y 7 años.
Días atrás, sin embargo, el Tribunal de Impugnación, compuesto por los jueces Alejandro Cabral, Liliana Deiub y Mario Rodríguez Gómez, no solo desestimó la decisión del Jurado, sino que también cambió la carátula del delito por el que se lo imputó, siendo ahora solo calificado como “abuso simple agravado por el vínculo”, de forma tal que le cabría una pena de tres a diez años de prisión efectiva.
El jefe de los fiscales de la Cuarta Circunscripción de Neuquén, Fernando Rubio, comentó que “los jueces dicen que hubo fallas en el proceso y que no se acreditó la penetración y dieron una serie de razones que creemos no se explican correctamente”, motivo por el cual solicitaron un pedido de impugnación extraordinaria en el Tribunal Superior de Justicia.
“Venimos diciendo que a los Jueces no les interesan los Juicios por Jurado”, comentó además Rubio, que reiteró que se siente “indignado” por la decisión del Tribunal.
Con respecto a la pena, aseguró que nadie recibe la máxima en casos de abuso simple, por lo cual el pronóstico para este caso, si no se acepta la impugnación presentada, podría ser que el acusado reciba la pena mínima de tres años y que ni siquiera vaya a prisión, quedando la misma en suspenso. Además, destacó que con este beneficio, la defensa pidió la excarcelación del acusado, la cual fue concedida y el hombre se encuentra en total libertad a la fecha.