El titular de la Defensoría del Pueblo detalló el fallo mediante el cual la Justicia dio lugar al Amparo Ambiental presentado tiempo atrás en representación de los vecinos de Cordones del Chapelco, resolviendo que el Municipio, que aún puede apelar, tendrá 180 días para informar dónde y cómo pondrá en funcionamiento un nuevo centro de disposición final de los residuos.

02 Ago 2017
    

El titular de la Defensoría del Pueblo y el Ambiente, Fernando Bravo, dialogó con Radio Fun y detalló el fallo mediante el cual la Justicia, dando lugar al Amparo Ambiental presentado por los defensores en representación de los vecinos de Cordones del Chapelco, ordenó al Municipio a que se abstenga de abrir una nueva celda de disposición final de residuos sólidos urbanos en el Relleno Sanitario de Chacra 32, donde funciona el Vertedero Municipal, dándole además un plazo máximo de 180 días para que informe la ubicación y condiciones de funcionamiento de un nuevo centro para este fin.

“Esto comienza con una presentación de vecinos y a partir de allí se dispararon nuestras intervenciones”, precisó Bravo: “La situación fue incrementando en tensión, produjimos un documento de trabajo y lo acercamos como recomendación para resolver el problema”.

Al referirse a las sugerencias presentadas al Ejecutivo, detalló que “se plateaban propuestas como la auditoría y la celda corta, de no más de un año, para dar tiempo razonable al Municipio de buscar un lugar alternativo, pensando en el cierre definitivo del actual relleno sanitario al que obliga la ley”, recordó, detallando que “en 2019 ningún centro de disposición final puede estar próximo a una urbanización”.

“El Ejecutivo hizo silencio sobre esas propuestas, no fijó plazo de nada, y esto molestó a los vecinos”, continuó el Defensor, repasando el marco de la situación: “Al no haber resolución, fuimos a la Justicia Civil e hicimos esta presentación de Amparo Ambiental, que en su objeto planteaba lo que finalmente falló el Juez Luchino”.

“El fallo tiene dos elementos”, continuó Bravo: “El relleno sanitario se termina cuando se termina la celda 5”, y en referencia a esto, detalló: “Se solicita al Municipio que haga todo lo que tenga que hacer para asegurar que no tenga contaminación y que se maneje bien la celda 5. Implicado con ello, no instalar la celda 6 una vez que se llene la 5. Si hacés un manejo desastroso de la celda 5, cierra mañana el vertedero, si se hace como se está realizando ahora, se prolongará la vida útil hasta enero, o puede durar hasta mayo del año próximo según estimamos”.

La segunda parte del fallo implica, según el Defensor, que el Municipio tendrá “180 días para decirle al pueblo y al Juez cómo y dónde instalará un centro de disposición final”.

“Esos 180 días están corriendo”, expresó Bravo: “Ahora habrá que esperar si hay apelación por parte del Municipio o no”, la cual tendría que darse durante hoy o mañana.

Por otro lado y para finalizar, el Defensor del Pueblo aseguró: “No tendrían que haber permitido urbanizaciones ahí”, en referencia a los barrios cercanos al vertedero: “Tendría que haberse respetado una distancia mínima razonable para construir”.