Esta reglamentación dispone modificaciones relativas a la actual Justicia Municipal de Faltas, comenzando por el nombre como su movilidad y periodicidad, los requisitos para acceder al mismo, el mecanismo de designación, su competencia, la posibilidad de designar otros jueces, causales y procedimiento para su remoción, entre otros.
La Justicia Administrativa Municipal de Faltas entenderá en todas las causas que se susciten con motivo de contravenciones cometidas a normas municipales dentro del ejido municipal, como así también a normas provinciales y nacionales cuya aplicación y control resulte de competencia del Municipio de San Martín de los Andes.
Asimismo reglamenta los requisitos de admisión para cubrir el cargo de Juez Administrativo Municipal de Faltas, ser abogado con 5 años de experiencia y vivir en la ciudad. Dura 6 años en el cargo, pudiendo concursar indefinidamente para cubrir el cargo. Su remuneración básica se establece en cincuenta por ciento (50%) de la que percibe el intendente.
La norma aprobada prevé una prórroga para los actuales funcionarios que imparten la justicia municipal, dado que la Carta Orgánica establecía que el actual Juez de Faltas cesaba en sus funciones el 10 de diciembre de 2011. En tal sentido será hasta tanto asuman sus funciones el nuevo Juez Administrativo de Faltas y su suplente según lo contempla la Carta Magna local y esta ordenanza.