El nuevo documento garantiza la identificación documental, con el uso de la “X” para quienes no puedan identificarse la persona no comprendida en el binomio masculino/femenino.

22 Jul 2021
    

La directora del Registro Civil y Capacidad de las Personas, Laura Vargas, participó ayer por el mediodía del acto de presentación del “Documento Nacional de Identidad para personas no binarias”, que presidió el presidente Alberto Fernández, y del que participó el ministro del Interior, Eduardo De Pedro y la ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta.


La iniciativa garantiza de tal modo el derecho a la identidad e identificación documental de las personas no binarias. El acto central se desarrolló en el Museo del Bicentenario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la directora provincial participó de modo virtual.


El decreto nacional 476, que firmó ayer el presidente, da cumplimiento a la ley Nº 26.743 de identidad de género al permitir en las nomenclaturas de DNI, en el campo del sexo, el uso de la “X” para las siguientes acepciones; no binaria, indeterminada, no especificada, indefinida, no informada, autopercibida, no consignada u otra acepción con la que puede identificarse la persona no comprendida en el binomio masculino/femenino. La nomenclatura es extensiva a la documentación de viaje.


En los fundamentos del decreto se indica que el derecho a la identidad de género es inherente al derecho a la propia identidad, que forma parte del campo de los derechos humanos. Agrega que el derecho a la identidad está vinculado con el derecho a no sufrir discriminación, a la salud, a la intimidad y a realizar su propio plan de vida.


 


Antecedentes del RC neuquino


Hasta al año 2020 la DNRC de la provincia no admitía solicitudes de rectificación de partidas de nacimientos de personas no binarias, en el marco de la Ley de Identidad de Genero 26.743.


En el año 2020 se admite el primer pedido de rectificación de partida de nacimiento de una persona no binaria y para ello se hicieron consultas a organismos pertinentes.


Se debe considerar que la iniciativa comprende 2 sistemas; el sistema registral provincial y el de identificación de las personas nacional. El primero se ocupa del registro de nacimientos y la emisión de sus respectivas partidas y su organización, correspondiendo a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En tanto, el sistema identificatorio nacional emite el Documento Nacional de Identidad sobre la base de una matrícula única (número de D.N.I.) y el uso de técnicas de identificación dactiloscópica conforme a la ley Nº 17.671.


En ese contexto, se solicitó opinión técnica a la dirección provincial de Diversidad, dependiente del Ministerio de Ciudadanía sobre el derecho a la identidad de género y su alcance, en el marco del trámite de rectificación de partida de nacimiento de personas mayores. También se hizo lo propio con la dirección de Asuntos Judiciales de la dirección Técnica Jurídica de la dirección nacional del Registro Nacional de las Personas.


La Dirección Provincial de Registro Civil (DPRC) dispuso entonces la modificación de Once (11) solicitudes de rectificaciones de nombre y sexo de personas no binarias, con el argumento de ser competente en base al sistema registral provincial y por entender que la definición e interpretación correcta de la identidad de género escapa del binarismo masculino o femenino y es una construcción personal basada en la libertad de las personas.


La medida fue avalada por la Subsecretaría de Gobierno; por la Dirección Provincial Legal y Técnica del Ministerio de Gobierno y Seguridad y la Asesoría Legal de Gobierno.


Por Disposición Nº 622/21 la directora provincial de Registro Civil y Capacidad de las Personas ordenó la modificación del Formulario único de solicitud de rectificación registral prevista en el artículo 3° de la Ley Nacional 26.743 aprobado como Anexo I de la Disposición Interna Nº68/12, agregando en el Campo Sexo la opción No Binario.


Hasta que el día de ayer, 20 de julio de 2021, por Decreto Nacional Nº 476/2021, se determinó que las nomenclaturas a utilizarse en los Documentos Nacionales de Identidad y en los Pasaportes Ordinarios para Argentinos en el campo referido al “sexo” podrán ser “F” -Femenino-, “M” – Masculino- o “X”.