23 Ago 2024
    


La Subsecretaría de Juntas Vecinales comunica el llamado a elecciones para el barrio LOS ROBLES a partir del día de hoy, viernes 23 de agosto de 2024.


Todas las personas interesadas en ser parte de la nueva Comisión Vecinal del Barrio, pueden acercarse a nuestra oficina ubicada en C. Drury y A. Fosbery (Edificio de Desarrollo Social) de 8 a 13 horas o comunicarse al 427315 int 273


Este llamado se ajusta a lo dispuesto por la Ordenanza 9439/12, Reglamento de Juntas Vecinales, que entre otras cosas establece los tiempos que se deben cumplir y comunicar oficialmente cada convocatoria.


ARTÍCULO 26.- La Dirección de Juntas Vecinales una vez que haya determinado la convocatoria a elecciones en una Junta Vecinal, establecerá para ella y le comunicará fehacientemente el cronograma de actividades a realizar, el que contendrá como mínimo lo siguiente:

a. Periodo de presentación de listas: quince (15) días corridos a partir de la comunicación indicada;

b. Periodo de impugnación: diez (10) días corridos a partir la expiración del plazo indicado en el punto anterior;

c. Periodo de estudio y resolución acerca de las impugnaciones que se pudieran haber presentado: La Junta Electoral contará con un plazo de diez (10) días corridos para evaluar y resolver acerca de las impugnaciones formuladas, dentro de ese plazo el apoderado

 de la lista deberá presentar los descargos que estime convenientes;

d. Periodo de saneamiento: diez (10) días corridos a contar de la notificación de la resolución recaída en las impugnaciones que se hubieran podido formular.

e. Oficialización definitiva de las listas: cinco (5) días corridos a contar de la expiración del plazo contemplado en el punto anterior.

f. En el supuesto que se presente una sola lista a la convocatoria, se seguirá el procedimiento en los incisos anteriores.

g. En el caso que se presenten dos (2) o más listas se seguirá el procedimiento establecido en los incisos a, b, c, d y e, se convocará dos (2) integrantes del Consejo de Juntas Vecinales a participar del Acto Eleccionario en carácter de veedores del mismo,  los que no deberán pertenecer a la Junta Vecinal donde se lleve adelante el Acto Eleccionario.


Ex -2024-000014534

Disposición 138-2024

Boletín oficial 736 -2024