Un hombre fue detenido en los controles de pre-embarque de Chapelco cuando intentaba viajar hacia CABA con drogas sintéticas en su bolso. En un juicio abreviado realizado en tiempo récord, aceptó la culpa: 3 años de condicional, decomiso del dinero y prohibición de reingreso a la provincia

06 Feb 2026
    

La justicia neuquina aplicó todo el rigor de la nueva Ley de Microtráfico (3488) en un caso resuelto en tiempo récord. Un hombre de apellido Chiesa, oriundo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fue condenado a tres años de prisión condicional menos de 24 horas después de haber aterrizado en el Aeropuerto Aviador Carlos Campos (Chapelco) con un cargamento de drogas de diseño en su equipaje.


El procedimiento se desencadenó en la zona de pre-embarque del Aeropuerto Aviador Carlos Campos (Chapelco). Durante los controles de seguridad rutinarios previos al vuelo con destino a Buenos Aires, los escáneres de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) detectaron sustancias orgánicas sospechosas en el equipaje de mano del pasajero.


La requisa posterior confirmó que el pasajero intentaba sacar de la ciudad un verdadero "kiosco" de drogas sintéticas. El inventario final del secuestro revela una cantidad que excede el simple consumo personal, destacándose un importante lote de MDMA en cristal:

  • MDMA (Cristal): 44 tubos plásticos, con un peso total de 43,91 gramos.

  • Éxtasis: 14 pastillas y media (11,61 gramos).

  • Tusi: 2 tubos plásticos (3,94 gramos).

  • Cocaína: 3 tubos pequeños (3,90 gramos).

  • LSD: 2 bolsas tipo Ziploc (1,63 gramos).


Además de la droga, Chiesa transportaba 5.500 dólares en efectivo, suma que fue inmediatamente secuestrada por la justicia.


Justicia Express y "Expulsión" 

Gracias al rápido accionar del Ministerio Público Fiscal (MPF), se llegó a un acuerdo pleno mediante un juicio abreviado. El imputado reconoció su responsabilidad penal, lo que permitió dictar sentencia sin dilaciones.


El fallo es ejemplar no solo por la pena de tres años de prisión en suspenso, sino por las condiciones impuestas:

  1. Decomiso total: Los 5.500 dólares incautados no serán devueltos; fueron destinados al fondo especial establecido por la Ley 3488 para la lucha contra el narcotráfico.

  2. Prohibición de Ingreso: Se le dictó la prohibición absoluta de volver a ingresar a la provincia de Neuquén.

  3. Salida inmediata: Se le otorgó un plazo perentorio de 72 horas para abandonar el territorio neuquino.


El condenado deberá fijar domicilio en Buenos Aires y someterse al control del Patronato de Liberados de CABA. Cualquier incumplimiento de estas normas, especialmente el intento de reingresar a Neuquén, revocará la condicionalidad de la pena, que pasaría a ser de cumplimiento efectivo en una cárcel.