Lo expresó la concejal Mirta Billorian, en referencia a la nota presentada por su par Ana Ambrogi sobre la posible nulidad de la misma.

16 May 2011
    

La argumentación de la concejal Billorian en referencia a la denuncia  de Ambrogi, está basada en el artículo 36 de la Ordenanza 8931/10 de Aprobación de los Pliegos de Bases y Condiciones para el llamado a Licitación Pública del Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros.

 Este artículo indica que “luego de recibido el dictamen del Comité (Comisión de Evaluación y Selección de las ofertas) sobre el resultado de las propuestas presentadas, el departamento Ejecutivo Municipal estará en condiciones de realizar la adjudicación a la oferta que considere más conveniente.”

“La mencionada ordenanza fue aprobada por mayoría agravada, al proyecto en general, en Sesión Ordinaria Nº 30 del año 2010, incluyendo a la concejal Ambrogi con su voto afirmativo” dice el comunicado que difundió esta mañana el Concejo Deliberante.

De esta manera, el cuerpo legislativo deja constancia de la vigencia del decreto 1112/2011 que firmó la intendente Cristina Frugoni el pasado 10 de mayo adjudicándole el servicio urbano de transporte de pasajeros a la empresa Expreso Colonia S.A.