La justicia neuquina amplió el alcance de la condena al reconocer también el daño moral y psicológico de la víctima

08 Sep 2025
    

La empresa Nieves de Chapelco S.A. deberá indemnizar a una mujer que en 2017, cuando tenía 14 años, sufrió un grave accidente mientras esquiaba en el Cerro Chapelco tras ser embestida por una moto de nieve conducida por un empleado de la firma. El hecho le provocó una lesión en los ligamentos de la pierna derecha que dejó secuelas permanentes.


En primera instancia, la justicia había ordenado el resarcimiento por daños físicos y gastos médicos, pero rechazó el reclamo por daño moral y psicológico. Sin embargo, la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil de Neuquén, integrada por los jueces Pablo Furlotti y Manuel Castañon López, amplió el alcance de la condena y reconoció también esas consecuencias.


El fallo sostuvo que el accidente “repercutió sobre la esfera física de la víctima, lesionándola en forma permanente, con secuelas incapacitantes” y destacó que existió además un impacto emocional: “La respuesta positiva se impone, puesto que el escenario descripto brinda abultados indicios respecto del dolor, el sufrimiento y la conmoción espiritual que el accidente le produjo”, señalaron los magistrados.


El hecho ocurrió el 12 de septiembre de 2017, cuando la joven —identificada como L.M.C.— esquiaba en Chapelco y fue impactada por la moto de nieve, que según la demanda circulaba con exceso de velocidad. Como consecuencia de la lesión, no pudo continuar con la práctica del esquí de manera federada.


Con este fallo, la justicia neuquina reconoció no solo el daño físico ocasionado, sino también el perjuicio moral que modificó de manera permanente la vida de la víctima.