Es fundamental para conocer qué hará en tu barrio, sobre los temas que te preocupan. Y si no están en agenda, para que puedas pedir en la audiencia pública del próximo 5 de noviembre, a las 17 horas, en el Concejo Deliberante, que lo incorporen, porque es una prioridad de los ciudadanos de esta ciudad.
Los vecinos y vecinas que integran la red ciudadana San Martín de los Andes Cómo Vamos invitan a la comunidad, a las juntas vecinales, organizaciones sociales, cámaras empresarias, colegios profesionales, universidades, colegios, estudiantes, clubes, vecinos en general, a acercarse al Concejo Deliberante para solicitar el Plan de Metas de Gobierno, que Juan Carlos Fernández junto a su equipo de gobierno presentará en Audiencia Pública, fijando las acciones que se compromete a realizar para los próximos cuatro años en la ciudad, a fin de conocer su compromiso y sugerir en este espacio de participación ciudadana que se desarrollará el 5 de noviembre a las 17 horas en el Concejo Deliberante, la inclusión de nuevos temas, plazos, etcétera.
El Plan de Metas de Gobierno que presentará Fernández, es un novedoso instrumento de las democracias modernas, de participación más directa, que se aplicará en nuestra ciudad, convirtiéndose en la cuarta de nuestro país en hacerlo, luego de las ciudades de Mendoza, Córdoba y Maipú, dando un paso más para lograr una gestión eficiente y transparente.
Específicamente el Plan de Metas de Gobierno se presenta como un instrumento de planificación, gobierno, gestión, información pública y rendición de cuentas de las acciones a desarrollar por el departamento ejecutivo municipal durante su mandato; en su esencia el Plan de Metas pretende favorecer el mejoramiento de la calidad institucional de los municipios, de la representación y de su gobierno; la modernización y el cambio de la gestión mediante la planificación de las acciones a llevar a cabo aumentando los niveles de eficiencia y efectividad de las Políticas Públicas.
LA ORDENANZA
La flamante Ordenanza 9271 del 2011, declara en su artículo primero que “se incorpora el Plan de Metas de Gobierno (PMG) como instrumento de planificación, e información de las acciones de gobierno que implementará el intendente electo durante los 4 cuatro años de su mandato, y que el Intendente lo pondrá a disposición de la ciudadanía, divulgará y remitirá al Concejo Deliberante dentro de un plazo máximo de 90 días desde la fecha de su asunción”.
En su artículo dos aclara que “El plan de metas de gobierno contendrá al menos los siguientes aspectos: Los objetivos generales que guiarán las acciones de gobierno en el mediano y corto plazo, congruentes con los lineamientos expuestos en la campaña y en su plataforma electoral; Las metas y objetivos específicos que se desprendan de aquellos para cada una de las Secretarías, Subsecretarías y Direcciones que constituyan la estructura orgánica del Departamento Ejecutivo; Los planes, programas o acciones a implementar con el fin de consumarlos; y los indicadores a utilizar para evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas propuestas. Cuando el plan de metas lo permita puede presentarse en forma desagregada por cada barrio de la ciudad.
En el artículo cinco se establece que es el Concejo Deliberante quien verifica el cumplimiento de la presentación del Plan, de los informes anuales, del informe final y de las eventuales modificaciones. Al Concejo Deliberante le compete la consideración y el tratamiento del PMG con el objeto de asegurar su consistencia, congruencia normativa y formulación concreta, conceptual, clara y eficaz a los efectos de realizar el control de su ejecución y, eventualmente, de hacer efectiva la responsabilidad política que pudiere corresponder por su incumplimiento. Puede formular propuestas o recomendaciones, solicitar informes ampliatorios y aclaratorios y sugerir medidas, para mejorar el proceso de evaluación de cumplimiento del PMG.
En cuanto a la DIFUSIÓN, el ARTÍCULO 7° establece que tanto el Plan de Metas de Gobierno que está ya en el Deliberante, así como los informes anuales, el informe final y las eventuales modificaciones elaboradas por el Departamento Ejecutivo, deberán ser divulgadas a través de los sitios Web del Departamento Ejecutivo y del Concejo Deliberante, medios gráficos, audiovisuales, radiales y/o electrónicos, y puestos a disposición de la ciudadanía organizando todos los medios posibles para que se pueda acceder a una copia sin más costos que los que requiera su reproducción, a partir del mismo día en que fue remitido al Concejo Deliberante.
Desde la Red se espera que este documento sea colgado tal como la ordenanza lo indica en las páginas web de Gobierno y comience a realizarse todo el proceso de comunicación para lograr una exitosa audiencia pública y el mejor inicio posible para esta nueva herramienta democrática que tiene nuestra ciudad.
Para obtener más información comunicarse llamando al (02944) 210252 ó al (02972) 15470077