Hasta el 15 de octubre, las personas que no cuenten con la documentación necesaria para circular en la vía pública, podrán inscribir sus vehículos de dos ruedas sin la totalidad de los requisitos.

16 Jun 2017
    

Desde ayer, 15 de junio y hasta el 15 de octubre, el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor realizará la regularización las motos no registradas, que son aquellas que no cuentan con la documentación necesaria para poder circular en la vía pública, disponiendo la posibilidad de inscribirlas sin la totalidad de los correspondientes requisitos.

Mediante la Disposición D.N. 123/2017 y Circular D.N. 19/2017, las personas poseedoras de estos vehículos podrán registrarlos, siempre y cuando los mismos hayan sido importados o fabricados entre enero del 2010 y diciembre del 2016.

REQUISITOS:

1) ACREDITAR IDENTIDAD Y DOMICILIO, en principio acompañado el DNI y fotocopia,
2) CONSTANCIA DE CUIT / CUIL,
3) SOLICITUD TIPO 05, que se completa en el Registro (Si se tiene la Solicitud Tipo 01, deberá acompañarse también).
4) VERIFICACIÓN FÍSICA ESPECIAL. Se utilizará la misma SOLICITUD TIPO 05 para tal fin o mediante la SOLICITUD TIPO 12 (estos formularios se pueden comprar en el Registro y los completa la Planta Verificadora de San Martín de los Andes en el puesto de caminera).
5) FOTOGRAFÍAS COLOR VISADAS, FECHADAS Y CORRELACIONADAS A LA SOLICITUD TIPO 05 POR LA PLANTA VERIFICADORA. ASIMISMO EN EL DORSO DE CADA FOTOGRAFÍA DEBERÁ SURGIR EN NÚMERO DE SOLICITUD TIPO 05. De ellas deberá surgir:
a) las características físicas del vehículo.
b) Número de Motor.
c) Número de Cuadro.
6) DECLARACIÓN JURADA DEL ADQUIRENTE CON FIRMA CERTIFICADA EN EL REGISTRO AUTOMOTOR, a través de la cual asume su responsabilidad civil y penal respecto del origen legítimo del motovehículo y declara conocer la condición establecida en los art. 4 y 5 de la Disposición D.N. 123/2017 (Se completa en el Registro).
7) EL TITULO DE PROPIEDAD DEBERÁ SOLICITARSE EXPRESAMENTE POR EL PETICIONANTE, en el
rubro observaciones de la SOLICITUD TIPO 05, abonándose el correspondiente arancel.

¿DONDE SE REALIZA?

El trámite podrá efectuase en las oficinas del Registro Automotor con competencia en Motovehículos sito en la Calle Gabriel Obeid 856 de San Martín de los Andes, de lunes a viernes de 8:30 a 12:30 horas.

Para ahorrar tiempo de espera en el Registro, el poseedor puede solicitar turno para ser atendido el día y hora que más le convenga ingresando a: https://www2.jus.gov.ar/dnrpa-site/Tramites/TipoVehiculo.

IMPORTANCIA: 

La regularización de los vehículos confiere, con la inscripción en el Registro Automotor, el derecho de propiedad al poseedor. De esta manera podrá repeler cualquier acción reivindicatoria de terceros.

También, la inscripción del vehículo otorga seguridad jurídica en la transmisión de estos bienes, ya que pueden ser transferidos a los herederos en caso de fallecimiento del titular y también permite que los ciudadanos, antes de comprar una moto, podamos conocer las condiciones legales para poder efectuar la operación.

Por último, con la inscripción se expiden las placas metálicas identificadora del vehículo (patentes), ajustándose a lo exigido por la Ley Nacional de Tránsito.

Cabe agregar y recordar que este régimen de regularización es excepcional y por ende temporal, finalizando el 15 de octubre de 2017.

MÁS INFORMACIÓN: http://www.dnrpa.gov.ar, telefónicamente al 0800-122-2227 o 02972-412-990, o escribanos a asesoramiento@dnrpa.gob.ar