Las movilizaciones de “la ola celeste” y “la ola verde” se realizarán en todo el país, mientras que la sesión en el Congreso comenzará a las 9.30 de la mañana.

08 Ago 2018
    

Hoy, desde las 9.30 de la mañana, tras ser aprobado en la Cámara de Diputados, el Senado tendrá en sus manos el futuro de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, que promueve la despenalización del aborto.

Al momento de cierre de esta edición, de los 72 miembros del Cuerpo, 37 continuaban manifestando que votarán en contra, 31 que irían por la afirmativa, sumándose a 2  indefinidos, 1 abstención y 1 ausencia, que podrían ser el "factor sorpresa" de la jornada.

Cabe mencionar que ayer, la senadora neuquina Lucila Crexell, quien mantiene su abstención, presentó sobre la hora un proyecto de despenalización hasta la semana 12. También, en las últimas horas y pese a las presunciones, la puntana María Eugenia Catalfamo reconoció que hubiera votado a favor de la ley, pero no estará presente ya que se encuentra de licencia por un embarazo avanzado. Su compañero de bancada, Adolfo Rodríguez Saá, confirmó que votará en contra.

La sesión estará enmarcada en movilizaciones en todo el país, que en nuestra ciudad se realizarán, por parte de la ola verde, comenzando a las 18 horas desde la Rotonda de YPF. Mientras que “la ola celeste, por su parte, invita a colocar distintivos del color en cuestión en puertas, mochilas, autos y ventanas, para manifestarse a favor de salvar las dos vidas.

El proyecto

En concreto, la iniciativa habilita la práctica del aborto, sin restricciones, hasta la semana 14 de gestación. Asimismo, establece que fuera de ese plazo, la mujer podrá incurrir en esa práctica cuando el embarazo fuera producto de una violación; si estuviera en riesgo la vida o la salud de la mujer o si se diagnosticara la inviabilidad de vida extrauterina del feto.

Establece que “en ningún caso será punible el aborto practicado con el consentimiento de la mujer” y contempla penas que van de 3 a 10 años al que practique un aborto sin ese consentimiento, que se elevan a 15 en caso de muerte de la paciente. Además, obliga a los hospitales públicos, prepagas, obras sociales sindicales, del Congreso, de las Fuerzas Armadas y PAMI a realizar la práctica médica del aborto.

Por otro lado, señala que los profesionales que no quieran practicar abortos tendrán que informar su “objeción de conciencia” a la máxima autoridad en la que se desempeñen,  que las menores de 16 necesitarán consentimiento también de sus padres o responsables para completar la práctica, y que los abortos realizados después de la semana 14 solo podrán realizarse “si se trata de malformaciones fetales graves incompatibles con la vida extrauterina”.

A su vez, se establecen formalmente las “consejerías”, que se activarían una vez realizada la solicitud de interrupción voluntaria del embarazo. De este modo, el establecimiento de salud deberá garantizar información adecuada, atención previa y posterior al aborto de carácter médica, social y psicológica, con el objeto de garantizar un espacio de escucha y contención integral, e información y provisión de los métodos anticonceptivos previstos en el Plan Médico Obligatorio y en el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, establecidos por la Ley 25.673 o la normativa que en el futuro los reemplace.