12 Abr 2024
    

Durante la 4° sesión ordinaria, la Cámara aprobó la ley que establece un régimen especial de licencia con goce de haberes para empleados del Estado cuyos hijos o hijas deban realizarse un tratamiento oncológico -N° 3430-. De igual modo, el cuerpo sancionó la ley 3428, normativa que exceptúa a simples asociaciones y asociaciones civiles de escasos ingresos de tener que presentar balances anuales rubricados por contador público.


En el mismo sentido, votó por mayoría la ley 3431, de creación del programa de entrenamiento, capacitación y certificación laboral KImun-Vinculación Laboral; el plan de reactivación de obra pública -ley 3432-;la normativa que permite la reincorporación de personal retirado de la policía provincial -N° 3433- y la ley 3429, de trazabilidad y verificación periódica de equipamiento del sistema de salud. 


Ley3430 - Licencia laboral con goce de haberes para agentes públicos provinciales que tengan hijos con diagnóstico de cáncer


La ley establece una licencia laboral especial con goce de haberes para trabajadores del Estado provincial que sean padres, madres o representantes legales de niños, niñas y adolescentes con diagnóstico de cáncer. La licencia tendrá una duración de seis meses, con posibilidad de ser renovada, y para solicitarla será requisito presentar el informe médico correspondiente.


La diputada Zulma Reina (DC-Comunidad),impulsora de la iniciativa, explicó que el objetivo es brindar un acompañamiento desde el Estado provincial a las familias que deben afrontar el tratamiento oncológico de un hijo o hija, sobre todo a quienes deben trasladarse desde del interior de la provincia para atenderse en el Hospital Castro Rendón que –remarcó- es delegado regional del Hospital Garrahan en esa patología y presta una atención de excelencia. “Estamos apostando a mantener ese núcleo familiar”, sostuvo.


Ley3431 - Programa provincial de entrenamiento y certificación laboral


La creación del programa «Kimun –Vinculación Laboral» es una propuesta del Poder Ejecutivo provincial que apunta a vincular la ciudadanía con empresas privadas, públicas o privadas con participación estatal mayoritaria. Se trata de «entrenamientos formativos en espacios reales de trabajo» para personas mayores de 18 años, con residencia en Neuquén y en situación de vulnerabilidad o dificultad de inserción laboral.


El entrenamiento deberá tener una carga horaria de 20 horas semanales como máximo y no podrá superar las 4 horas diarias, de lunes a viernes.


Ley3432 - Plan de reactivación de obra pública


La iniciativa, también presentada por el gobernador Rolando Figueroa, propone crear un “Plan de reactivación de obra pública provincial”, con una vigencia de dos años, prorrogable por otros dos. La medida apunta a reactivar aquellas obras iniciadas en materia de educación, salud, seguridad, viviendas, vialidad y servicios (electricidad, gas, agua y saneamiento) que se encuentran paralizadas. La norma también declara la emergencia en la obra pública provincial como consecuencia de la ruptura de la ecuación económica y que abarca a todos los contratos en curso de ejecución.


Ley3433 - Reincorporación voluntaria de policías retirados


De igual modo, el cuerpo convirtió en leyN° 3433 la iniciativa del Poder Ejecutivo que promueve la reincorporación voluntaria de policías retirados. Según informó el diputado Ernesto Novoa(DC-Comunidad), el objetivo es reforzar la presencia policial en las callespara solucionar el problema de inseguridad y, al mismo tiempo, colaborar con lacaja previsional. Sobre este último punto, mencionó que faltan policías enactividad y que se necesitan 1,79 agentes en actividad para sostener a unretirado. Señaló que la reincorporación podrá realizarse mediante dosmodalidades. Por un lado, sin renunciar al haber de retiro y percibiendo unaprestación por su tarea; y por el otro, quienes no finalizaron su carrerapodrán suspender el retiro para continuar. “Tal vez esto no solucione elproblema de inseguridad en la provincia o el problema de la caja pero le vamosa dar una herramienta al Poder Ejecutivo”, aseguró.


Ley 3428. Eximen a pequeñas asociaciones de tener quepresentar balances contables certificados


La normativa, aprobada por unanimidad, exceptúa a las pequeñas asociaciones civiles de tener que presentar balances anuales con firma certificada de un contador público. De esta forma, simples asociaciones, clubes de barrio, fundaciones, iglesias y entidades confesionales con ingresos brutos por debajo del tope dispuesto parala categoría “C” del monotributo podrán acceder al beneficio y dejarán de incurrir en un gasto oneroso que la mayoría de este tipo de instituciones no puede cumplir.


En la ocasión, ellegislador Carlos Coggiola (Neuquén Federal) aseguró que se trata de unademanda que desde hace tiempo reclama un sector de la sociedad civilcomprometido con diferentes actividades y problemáticas sociales para poderfuncionar de manera legal.


En ese sentido,explicó que la normativa alcanza a asociaciones cuyos ingresos no superen en laactualidad los 4 millones de pesos anuales y que encuentran comprometido sufuncionamiento al no poder costear el valor que demanda un balance rubricadopor un contador público, situación que deriva en un incumplimiento que, enmuchos casos, lleva a la disolución de la asociación o tener que trabajar demanera ilegal. 


“No podíanrealizar elecciones y tener a sus autoridades designadas porque siempre faltabaeste requisito. Los mandatos se vencían y, por la irregularidad de no poderpresentar balances, tampoco podían recibir donaciones, subsidios o formar partede programas de carácter nacional, provincial o municipal”, sostuvo ellegislador.


Al hacer menciónal requisito administrativo que deben efectuar ante la Dirección de Personaspara mantener su regularidad, Coggiola indicó que ahora las asociaciones podrán informar a través de un formulario sobre su situación patrimonial y declarar en el documento tanto el estado de sus recursos como de sus gastos. Aclaró quecada acto administrativo debe estar avalado por la firma de su presidente, dela persona que ejerza como tesorero y de las autoridades que conforman la comisión directiva.


Ley 3429. Trazabilidad y verificación periódica de equipamiento del sistema de salud


El equipamiento del sistema de salud contará con un sistema de trazabilidad que permitirá controlar y conocer el estado en que se encuentra cada aparato que se utiliza para prestar atención médica en la provincia. Así lo decidió el cuerpo legislativo al votar por unanimidad la ley 3429 -enviada por el Ejecutivo provincial-, que adhiere a la normativa nacional 26.906, de régimen de trazabilidad  y verificación de aptitud técnica de los productos médicos activos de salud que se encuentren en uso en la provincia.


Al oficiar de miembro informante, el diputado Francisco Lépore (Avanzar) destacó que se trata de una iniciativa que permite llevar un registro sobre todo el equipamiento técnico que utiliza el sistema sanitario provincial, tanto del que se encuentra en funcionamiento en el sistema público como en el sector privado.


Lépore destacó que a nivel provincial la verificación de la aparatología se realizará íntegramente en el laboratorio de metricidad local e indicó que luego de efectuarse el control periódico a cada equipo, el mismo será certificado y quedará habilitado para su uso.


“Es una suerte de VTV para garantizar que cada uno de los equipos que se encuentran en funcionamiento en el sistema de salud provincial funcionen de manera adecuada”, fundamentó el legislador.