A partir del próximo 12 de junio los comercios de la ciudad solo podrían entregar una bolsa de polietileno por cliente, en virtud de la puesta en marcha del segundo período del Programa de Reducción de Bolsas de Polietileno previsto en la ordenanza 8543-09.

15 May 2011
    

La ordenanza en cuestión va de la mano de la ley provincial Nº 2.569, que prohíbe la entrega y venta de bolsas de materiales plásticos en todo el territorio provincial que no sean biodegradables o de característica similar, estableciéndose un plazo de dos  años para su plena vigencia.

La Subsecretaría de Gestión Ambiental considera que el uso de bolsas de plástico no es inocuo para el ambiente sino que, por el contrario, afecta de manera negativa la calidad de vida de los habitantes en razón de la degradación y contaminación del ambiente, afectando los recursos naturales, particularmente el suelo y el agua, como también la flora y fauna del lugar;

Cuando el Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza 8543, se prefijó objetivos  tendientes a crear conciencia en los ciudadanos respecto de la problemática de los materiales no degradables;  internalizar actitudes ambientalmente responsables;  estimular un cambio de hábitos en comerciantes y clientes; generar fuentes de trabajo local; proteger al medio ambiente.

La implementación del “Programa Municipal para la Reducción de la Utilización de bolsas de Polietileno o similares” por parte de los comercios de la ciudad se realiza  de manera gradual, ya que , durante un período de  dos años a partir del 11 de junio del año pasado durante el cual se permitirá a los establecimientos comerciales  durante los primeros doce  meses, la entrega de hasta tres  bolsas plásticas por cliente y por compra, para el transporte de la mercadería adquirida y durante los doce meses siguientes, la entrega de una  bolsa plástica por cliente y por compra.

En ambos casos, de resultar insuficientes dichas bolsas, los comercios podrán entregar a los clientes, para el acarreo de su mercadería: cajas de cartón, bolsas de papel reciclado,  tela, malla u otro material que oportunamente autorice la Autoridad de Aplicación conforme surjan nuevas tecnologías que no dañen el ambiente según certifiquen los organismos nacionales o provinciales correspondientes, cosa que en al realidad prácticamente no ocurre, sin  embargo rápidamente algunos comercios cumplieron con otra parte del  plan que indica que “los comercios deberán tener en exposición, para su promoción y venta al público, bolsas de tela, malla u otro material similar, reutilizables, para transportar los productos”.