La Subsecretaría de Gestión Ambiental considera que el uso de bolsas de plástico no es inocuo para el ambiente sino que, por el contrario, afecta de manera negativa la calidad de vida de los habitantes en razón de la degradación y contaminación del ambiente, afectando los recursos naturales, particularmente el suelo y el agua, como también la flora y fauna del lugar;
Cuando el Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza 8543, se prefijó objetivos tendientes a crear conciencia en los ciudadanos respecto de la problemática de los materiales no degradables; internalizar actitudes ambientalmente responsables; estimular un cambio de hábitos en comerciantes y clientes; generar fuentes de trabajo local; proteger al medio ambiente.
La implementación del “Programa Municipal para la Reducción de la Utilización de bolsas de Polietileno o similares” por parte de los comercios de la ciudad se realiza de manera gradual, ya que , durante un período de dos años a partir del 11 de junio del año pasado durante el cual se permitirá a los establecimientos comerciales durante los primeros doce meses, la entrega de hasta tres bolsas plásticas por cliente y por compra, para el transporte de la mercadería adquirida y durante los doce meses siguientes, la entrega de una bolsa plástica por cliente y por compra.
En ambos casos, de resultar insuficientes dichas bolsas, los comercios podrán entregar a los clientes, para el acarreo de su mercadería: cajas de cartón, bolsas de papel reciclado, tela, malla u otro material que oportunamente autorice la Autoridad de Aplicación conforme surjan nuevas tecnologías que no dañen el ambiente según certifiquen los organismos nacionales o provinciales correspondientes, cosa que en al realidad prácticamente no ocurre, sin embargo rápidamente algunos comercios cumplieron con otra parte del plan que indica que “los comercios deberán tener en exposición, para su promoción y venta al público, bolsas de tela, malla u otro material similar, reutilizables, para transportar los productos”.