Primera etapa: se hará el relevamiento de la cartelería de terceros (marcas registradas)existente en los locales comerciales. Contaremos con el trabajo de empleados municipales que fotografiarán el exterior del comercio, tomarán las medidas de la cartelería existente, de las dimensiones de la fachada del local y/o establecimiento turístico, y describirán la ubicación de la cartelería u ocupación de la vereda, registrándose los datos del comercio. Una vez procesada esta información se notificará a los responsables de las marcas registradas que tengan cartelería dentro del ejido municipal para regularizar su situación y ajustarse a la Ordenanza Tarifaria vigente.
Segunda etapa: se relevará toda la cartelería de cada comercio y establecimiento turístico, evaluando la existencia de autorizaciones correspondientes, aprobación por parte del Municipio y cumplimiento de las Ordenanzas vigentes.
Normativas vigentes: que regulan la colocación de cartelería y la ocupación de veredas son las siguientes: . Orza 2215/96 Cartelería. Orza 1958/96 Cercos y Veredas (Ocupación Veredas) . Orza 9445/12 Tarifaria 2012. Estas Ordenanzas pueden ser descargadas del digesto municipal http://digesto.smandes.gov.ar
Para consultas: la Subsecretaría de Espacios Públicos, a cargo de la Ing. Elisa Larese, pone a disposición una línea telefónica de contacto: 411 996/7 int. 112 o personalmente en las oficinas ubicadas en la Sede Administrativa Sol de los Andes (ex hotel Sol).