En función de lo que estipula el Decreto Nº 692/92 del Poder Ejecutivo Nacional -Reglamento Nacional de Tránsito y Transporte- y la Ordenanza Municipal Nº 8931/10 -Pliego de Bases y Condiciones del llamado a Licitación Pública del servicio de Transporte Urbano de Pasajeros-, se definió el uso de la tarjeta magnética como única modalidad de cobro.
Con la firma del Intendente Juan Carlos Fernández. el Decreto Nº 8/14, dado a conocer este lunes 6 de enero, establece esta prórroga para la definitiva entrada en vigencia de lo dispuesto, con el objeto de garantizar el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones de los usuarios y de la Empresa prestataria del servicio.
Este renovado plazo permitirá a los usuarios obtener sus correspondientes Tarjetas magnéticas.