Sostuvo que "lo que corresponde en este caso es aplicar directamente el Código Electoral Nacional en su artículo 61 que establece un mecanismo de corrimiento de lista de titulares y que un candidato suplente no puede estar en mejores condiciones que un candidato titular oficializado en lista firme”.
Indicó en la apelación no afecta el decreto 171/19 de paridad de género pero que la decisión de Pandolfi, precisamente, “restringe la participación de la mujer”.
Crexell aclaró que su apelación no estuvo promovida por ninguna apetencia personal, más allá del contexto, y que lo hizo porque se vencían los plazos legales para presentarla.
Además, en un comunicado de prensa, Crexell dijo que "jamás hubiera querido llegar a esta instancia en un momento de dolor y tristeza por el fallecimiento de Pechi. Mi profundo respeto a su figura y un considerable afecto están intactos".
"Esta presentación que me tiene de actora trasciende mi caso personal. Soy optimista que será dictada una nueva resolución conforme a derecho y con ello se subsane la arbitrariedad manifiesta con que ha sido resuelta la cuestión", expresa el comunicado.
"Desde la técnica jurídica, se puede afirmar que, en estos casos, no quedan dudas de que lo que debe efectuarse es -en primer lugar-, el corrimiento de la lista de titulares e integrar el segundo candidato a senador titular con el primer suplente, garantizando así la paridad de género", señaló.