La discusión por el primer lugar como Senador no terminó. Buscan revertir el fallo de la Cámara Nacional Electoral que dió lugar al reclamo que presentó Lucila Crexell

31 Oct 2019
    


Los apoderados de Juntos por el Cambio en la provincia de Neuquén presentaron un recurso extraordinario para acceder a la Corte Suprema de Justicia (CSJ), con el objetivo de que sea Pablo Cervi y no Lucila Crexell quien finalmente reemplace al fallecido intendente capitalino Horacio “Pechi” Quiroga en el primer lugar de senador electo en las elecciones nacionales del domingo pasado.
Los abogados Pablo Valenzuela y Héctor Unzaga, con el patrocinio del letrado Luis Genovesi, y el acompañamiento del propio Cervi, presentaron en la ciudad de Buenos Aires el escrito a través del cual se busca revertir el fallo de la Cámara Nacional Electoral que, de esta manera, no queda firme y habrá que esperar el pronunciamiento de la CSJ para saber quién asumirá en la banca lograda por Juntos por el Cambio en el Senado Nacional.
Dos son los argumentos centrales sobre los que hicieron hincapié los abogados, en la extensa presentación de 26 páginas.
El primero de ellos es que la sentencia de la Cámara Nacional Electoral “vulnera la potestad constitucional y legal de las agrupaciones políticas de decidir los requisitos de los candidatos que postulan”.
“Son las agrupaciones políticas quienes definen los requisitos para ser precandidatos/as y también las que definen cómo participan extrapartidarios/as en las listas”, se sostiene en el escrito.
“Conforme el acta constitutiva de Juntos por el Cambio, la señora Crexell no puede ser candidata a senadora titular en primer término por cuanto es afiliada al Movimiento Popular Neuquino y no es afiliada a ninguno de los partidos que integran la alianza”, señalaron los abogados.
En ese sentido remarcaron que “Crexell, al suscribir la aceptación de su candidatura, se sometió voluntariamente y sin reservas al régimen jurídico establecido por la alianza electoral para la participación de precandidatos y candidatos, con lo cual mal puede ahora contradecirse con sus propios actos proponiendo una solución que vulnera el acta constitutiva de la alianza electoral”.
El otro argumento sobre el que insistieron los abogados es en el fallo de primera instancia de la jueza Carolina Pandolfi, que hizo foco en la aplicación del artículo 7 del decreto 171/2019 firmado por el presidente Mauricio Macri. “Es muy claro y su interpretación y aplicación no admite duda alguna: fallecido un candidato/a oficializado/a antes de la realización de las elecciones generales, debe ser reemplazado por la persona del mismo género que le sigue en la lista”, enfatizaron los abogados.