El Concejo Deliberante sancionó la ordenanza que prohíbe nuevas habilitaciones comerciales para Cabarets, Night Clubs y whiskerías, tipificados en la Ordenanza 7 del año 68.

24 Dic 2012
    

El Concejo Deliberante de San Martín de los Andes dio un primer paso en el combate contra la trata de personas, fue el jueves pasado cuando se sancionó la ordenanza por medio de la cual se prohibieron nuevas habilitaciones comerciales del tipo Cabarets, night clubs y whiskerías.

Asimismo la norma incluye la eliminación de la categoría C, establecida por Resolución del Departamento Ejecutivo que reglamenta la Ordenanza Nº 4353/01 “Libreta Sanitaria”, por lo que desaparece la controvertida figura de “alternadora”;  a la vez que se estableció el compromiso parte del Legislativo, junto con el ejecutivo de rever la ordenanza 7/68.

“En estos lugares donde alternan mujeres y donde nosotros queremos evitar la trata de personas; en San Martín de los Andes hay dos lugares habilitados, a los cuales se les realizan los controles debidos, pero no propiciemos a que se generen mayores habilitaciones de este tipo de comercios y que podamos propender a la trata de personas” indicó el vicepresidente 1° del Concejo Deliberante Alberto Bruno, sobre la iniciativa presentada por la concejal Otharán.

Si bien lamentó que se trató con poco tiempo por ser la última semana legislativa, indicó “que se podría haber incluido un artículo donde si alguno de los locales hoy habilitados incurría en alguno de estos delitos que se caduque automáticamente la licencia comercial.”

Entre los argumentos de la norma sancionada figuraba que el delito de Trata de personas que, a partir de la sanción y promulgación de la ley 26.364, sobre Prevención y Sanción de la Trata de personas y asistencia a sus víctimas, ha sido incorporado en el Artículo 145 bis y complementarias del Código Penal es, en magnitud, el tercer ilícito en el mundo después del Tráfico de armas y drogas. Contempla aspectos vinculados con el poder y la situación de extrema vulnerabilidad de grandes sectores de la población mundial y crece desmesuradamente operando a través de redes criminales. 

Según un informe de la Organización de las Naciones Unidas, casi el 20% de las víctimas de trata de personas en el mundo son niños, niñas y adolescentes a quiénes reclutan para realizar trabajos en los que se requiere destreza, o como precoces combatientes para las guerras o son captados por redes de pornografía infantil. También la Organización internacional del Trabajo, ha difundido que anualmente entre 600 a 800 mil personas son víctimas del tráfico de personas y que el 98% de las victimas de redes de explotación sexual son mujeres y niñas.

Los fundamentos finalizan indicando que “el Estado Municipal no puede seguir avalando institucionalmente un modelo social que garantiza el uso colectivo de las mujeres más desfavorecidas y excluidas del sistema ni las prácticas masculinas de acceso por precio a su cuerpo. El trabajo sexual no es un trabajo digno, sino una forma más de explotación, donde las mujeres siguen siendo sometidas. El estado es quien debe garantizar formas de trabajo digno.”