“Los Agentes y Funcionarios del Estado Provincial, Nacional y Municipal, extendiéndose hasta un año posterior a la fecha de su egreso para los provinciales. Las firmas integradas total o parcialmente por aquellos o cuando algunos o todos sean miembros del órgano de administración, control o fiscalización; o cuando sin integrar algunos de los órganos, posean los votos necesarios para formar la voluntad social”, dice la ley de Administración Financiera y Control (Ley 2141).
“Yo soy referente de la cooperativa, y en general del MOI”, dijo ayer Ana Ambrogi, reconociendo su cercanía con la cooperativa que fue contratada directamente por el estado, a través de un programa nacional.
Por otra parte, la ley nacional 25188, de la oficina anticorrupción también habla de las incompatibilidades para quienes ocupan cargos públicos:
“Será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años e inhabilitación especial perpetua, el funcionario público que, directamente, por persona interpuesta o por acto simulado, se interesare en miras de un beneficio propio o de un tercero, en cualquier contrato u operación en que intervenga en razón de su cargo”, dice entre otras cosas la ley anticorrupción.