ayer por la tarde, en sesión ordinaria de la Legislatura neuquina, tomó estado parlamentario un Proyecto de Declaración -8752- presentado por el Diputado Manuel Fuertes -Nuevo Compromiso Neuquino- que tiene como objeto "sostener la defensa y plena vigencia de la Ley 26197, denominada Ley Corta, el artículo 124, ultimo párrafo de la Constitución Nacional, la defensa del ejercicio por parte de la Provincia de las facultades no delegadas y su participación en la renta petrolera".

16 Ago 2014
    

Parte de los fundamentos de dicho proyecto afirma que "esta postura sostenida en las Constituciones Nacional y Provincial y las leyes mencionadas en el articulado, han sido el posicionamiento invariable y sostenido por el bloque de NCN a lo largo del tiempo, que es sin dudas la reivindicación de la defensa de nuestros derechos; no permitiendo que el interés de unos pocos esté por encima de los intereses de la Provincia de Neuquén".
 
En esta línea, el Diputado Fuertes argumentó "que es necesario el trabajo y coordinación conjunta para la defensa de la Ley Corta, y en consecuencia el derecho de las provincias al dominio originario de los recursos naturales, rechazando una modificación por parte de la Nación que afecte a nuestros intereses".
 
El proyecto fue girado a la Comisión de Hidrocarburos para su tratamiento. Compartimos a continuación los artículos y fundamentos del mismo.
 
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LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUEN
 
DECLARA:
 
 
ARTÍCULO 1: Sostener la defensa y plena vigencia de la ley 26197, denominada Ley Corta, el articulo 124, ultimo párrafo de la Constitución Nacional, la defensa del ejercicio por parte de la Provincia de las facultades no delegadas y su participación en la renta petrolera.
 
ARTÍCULO 2: La Honorable Legislatura de la Provincia de Neuquén sostiene que la mejor forma de lograr objetivos comunes que beneficien a la Nación y a las Provincias productoras de Petróleo y Gas convencional y no convencional es a partir del dialogo razonable, buscando el entendimiento y la comprensión, a través de la cooperación, promoviendo un federalismo de concertación, tal como lo establece nuestra Constitución Provincial, teniendo en vista que el dominio originario de los recursos naturales existentes en nuestro territorio corresponden a la Provincia.
ARTÍCULO 3: Manifestar nuestro repudio a los decretos nacionales 1277/2012 y 929/2013, ya que atentan contra los principios constitucionales de nuestra carta magna.
ARTICULO 4: Que vería con agrado convocar al Ministro de Energía y Servicios Públicos de la Provincia, y al Gerente General de GYP S.A, a los efectos de informar a este cuerpo el estado de las negociaciones mantenidas con el Gobierno Nacional, los proyectos de ley elaborados por el Gobierno Nacional, el estado actual de todas las negociaciones llevadas a cabo por GYP (Gas y Petróleo Neuquén S.A) con las distintas concesionarias de las áreas hidrocarburíferas y contrataciones cerradas.
ARTÍCULO 5: Comuníquese a la Sra. Presidente de la Nación, Dra. Cristina Fernández de Kirchner, al Sr. Gobernador de la Provincia del Neuquén, Dr. Jorge Sapag, al Honorable Senado de la Nación, a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, a los Sres. Gobernadores de las Provincias Productoras de Hidrocarburos (OFEPHI), a las Honorables Legislaturas de las Provincias que integran la OFEPHI, al Parlamento Patagónico, al Secretario General del Sindicato de Petróleo y Gas Privado de Rio Negro, Neuquén y La Pampa.
FUNDAMENTOS
La Constitución Nacional en su articulo 124, ultimo párrafo establece “Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio.”
Asimismo, la Ley 26,197, denominada Ley Corta, reglamenta dicho artículo, reconociendo a las provincias el dominio originario de los recursos naturales en su territorio, la jurisdicción y el poder concedente, conforme a lo establecido en su articulo 2: “las provincias asumirán en forma plena el ejercicio del dominio originario y la administración sobre los yacimientos de hidrocarburos que se encontraren en sus respectivos territorios y en el lecho y subsuelo del mar territorial del que fueren ribereñas, quedando transferidos de pleno derecho todos los permisos de exploración y concesiones de explotación de hidrocarburos, así como cualquier otro tipo de contrato de exploración y/o explotación de hidrocarburos otorgado o aprobado por el Estado nacional en uso de sus facultades, sin que ello afecte los derechos y las obligaciones contraídas por sus titulares.”
Por su parte, nuestra Constitución Provincial, en su articulo Artículo 95 establece que “El espacio aéreo, los yacimientos mineros y todo lo contenido en el subsuelo del territorio de la Provincia del Neuquén, pertenecen a su jurisdicción y dominio.”, además de nuestra Ley Provincial de Hidrocarburos 2453, que en su Artículo 1° establece que “Los yacimientos de hidrocarburos líquidos y gaseosos situados en el territorio de la Provincia del Neuquén, pertenecen al patrimonio inalienable e imprescriptible de la misma.”
Esta postura sostenida en las Constituciones Nacional y Provincial y las leyes antes mencionadas, han sido el posicionamiento invariable sostenido por este Bloque a lo largo del tiempo, que es sin dudas la reivindicación de la defensa de nuestros derechos, no permitiendo que el interés de unos pocos esté por encima de los intereses de la Provincia de Neuquén. Sin dejar de mencionar que es necesario el trabajo y coordinación conjunta para la defensa de la Ley Corta, y en consecuencia el derecho de las provincias al dominio originario de los recursos naturales, rechazando una modificación por parte de la Nación que afecte a nuestros intereses.
Es en virtud de lo expuesto, que cobra importancia declarar de interés Legislativo el presente Proyecto de Declaración.