Pese a no contar con habilitación ni licencia comercial, los Concejales presentaron ayer un proyecto de ordenanza para que puedan funcionar por 180 días, por el bien de la “paz social”. Será decisión de la Intendente promulgarlo o vetarlo.

30 Jun 2017
    

Ayer, en una nueva sesión del Deliberante, se presentó un proyecto de ordenanza solicitando la habilitación temporal de las rucas de la base del Cerro Chapelco, cuya clausura fue ratificada recientemente por la justicia neuquina, por no contar con habilitación comercial, ni planos aprobados para su funcionamiento.

En un contexto de norma marco intercultural demorada, de aprietes confesos por parte del Lonko Curruhuinca Ariel Epulef, instando a los Concejales a aprobar ciertas ordenanzas que le facilitaran apelar a la suspensión comercial, a cambio de no cortar la ruta en plena temporada de invierno y de un conflicto mediático en torno al contrato de concesión entre la empresa Nieves del Chapelco y el gobierno neuquino, el proyecto de habilitación temporal quedará ahora pendiente del Ejecutivo Municipal, encarnado en la Intendente Brunilda Rebolledo, que deberá aprobarlo o vetarlo.

El Proyecto de Ordenanza, apoyado por todos los bloques menos por el PRO de Gerardo Schroh, establece “autorizar al departamento Ejecutivo, y hasta tanto se resuelva la cuestión judicial de fondo, a otorgar habilitación a término a cinco locales de la Comunidad Curruhuinca ubicados en el Lote 69 A, identificados como rucas Cerro Chapelco”.

En su segundo artículo precisa que “las habilitaciones tendrán vigencia de 180 días corridos”, en el transcurso de los cuales “la Comunidad deberá completar la presentación de la documentación técnica y verificación estructural”; requerida por obras particulares, bromatología y seguridad e higiene.

A su vez, se detalla en su artículo 3, que se autoriza al Ejecutivo “a otorgar actualización o ampliación de rubros” a las rucas, para que puedan prestar “servicio de guarda, entrega y recepción de equipo de esquí y snowboard”, solo a quienes hayan previamente suscripto convenios comerciales anteriores.


¿En qué fundamentan los Concejales el pedido de habilitación temporaria?

“Es sistemático como cada junio o julio, este conflicto es noticia en todos los medios locales”, comenzó el Presidente del Deliberante, Sergio Winkelman, mientras detallaba los fundamentos mediante los cuales los Concejales arribaron a la decisión de pedir la habilitación temporal de las rucas.

En este sentido, contrastó: “Tenemos un aeropuerto confiable, hemos logrado que se finalice la Ruta de 7 lagos; los comercios todos los años apuestan, invierten y cuidan este recurso valorado; el Municipio hace campañas, concurre a eventos, para tratar de que la gente de otros lugares venga y se generen puestos de trabajo, el crecimiento que esperamos todos los años…  pero la otra cara de la moneda es esto: ¿Cuántos de esos potenciales turistas deciden no venir porque ya pasaron un corte de ruta el año pasado o alguna situación que arruinó su vacación? Hay mucha gente que por estos conflictos deja de venir a San Martín de los Andes”.

De acuerdo al Presidente del Concejo, fue ese contexto en el que los representantes de todos los bloques “hemos tenido que sentarnos a discutir de qué manera podemos colaborar con la comunidad toda, no con el Cerro, ni con los Curruhuinca, para avanzar y resolver este tema que año tras año aparece en diarios de nuestro país”.

Aseguró también que el pedido de habilitación de los locales de la base del Chapelco “generará agrado en algunos y bronca en otros”, y que los Concejales se encuentran “dispuestos a afrontarlo”.

Winkelman destacó además que “el Concejo ha tomado el compromiso de convocar a autoridades provinciales, municipales, a la empresa y la Comunidad, a una mesa de trabajo, donde tengamos la capacidad de decirnos las cosas cara a cara, de resolver nuestros problemas sin tener que acudir a la Justicia, que lo único que hace es rendirnos ante la imposibilidad de resolver los problemas”.

“La Justicia es el último recurso”, concluyó: “Es reconocer que la bronca y la negación de la existencia del otro ha podido más que nuestro sentido por bien común de la comunidad”.

Por su parte, el Concejal Rodolfo Manson de Unión Ciudadana (UC, nueva denominación para el Bloque del FPV), manifestó que el papel del Deliberante “no es administrativo”, que el proyecto presentado está “hecho a favor de la comunidad” y que se trata de “una decisión política que tiene que ver con un evento específico, con una temporada que empieza, y la necesidad de garantizar cosas fundamentales para San Martín”.

Además, añadió: “Sabemos los riesgos que implica, las presiones y dificultades, pero también que hay mucha gente esperando la temporada para trabajar, con una historia muy compleja donde muchos acreditan con argumento  y documentación sus razones y sus posturas. También sabemos que el Cerro sigue siendo fundamental para San Martín, el delicado equilibrio con la naturaleza y la delicada armonía con la que tenemos que trabajar de cara a nuestra ciudad, pensando qué queremos y cómo se va a proyectar esto”.

Manson además indicó que los bloques trabajaron conjuntamente en el proyecto y que aún “está pendiente ver cómo vamos a ir resolviendo definitivamente, no con parches, excepciones y caminos provisorios, soluciones y una mirada acera del cerro que nos involucre a todos”.

El mismo bloque UC, Martín Rodríguez tomó la palabra y manifestó: “Se resuelve con intenciones de paz, de que todo el mundo pueda trabajar, priorizando el bien común, las soluciones para que todos podamos participar de esa buena temporada, trabajar y desarrollarse”. Y continuó: “El Proyecto abona la posibilidad de que hasta tanto avancemos y se resuelvan las cuestiones de fondo en los poderes, se puede actuar en procura de la paz social, de una buena temporada, que a todos nos interesa y compromete, para que podamos ir resolviendo. Las miradas debemos evitar parcializarlas. Hay un interés común, el de nuestra ciudadanía, buena temporada, muchos puestos, paz social, convivencia democrática”.

Siendo el único en no acompañar el proyecto, Gerardo Schroh expresó que la iniciativa de los Concejales se trata de una “contradicción jurídica muy grande” y que el Deliberante está actuando “por encima de lo que ya está legislado”.


La nota de Nieves del Chapelco al Deliberante

Nieves del Chapelco, la empresa concesionaria del Cerro Chapelco, al conocer la intención del Deliberante, presentó una nota para que se incorporara con carácter de urgente al expediente de la sesión de ayer, pero la misma no fue contemplada.

El escrito, firmado por Diego Gallerdo, letrado apoderado de la empresa, indica que “se ha observado con estupor las gravísimas falencias que presenta” el proyecto de ordenanza, “sorprendiendo a esta parte que pueda este Concejo, siquiera sentarse a analizar la posibilidad de dar curso a una ordenanza con los elementos de análisis que surgen del presente expediente”, asegurando además que viola los “deberes de un funcionario público”, agravando además “grave e irremediablemente los derechos que como concesionario, Nieves del Chapelco S.A. posee sobre el área donde se encuentran instaladas las construcciones, que sin permiso de mi representada el Concejo Deliberante planea autorizar”.

Además, en la nota se enumeran “algunas de las deficiencias que surgen de la propia lectura del expediente”:

“1) No se han cumplimentado los requerimientos de la Dirección de Catastro  que surgen de fs. 18, solicitados por el Sr. Aldo Pizarro en fecha 13 de Junio del corriente en su carácter de Jefe Área Catastro de la Municipalidad de San Martín de los Andes.

2) No se han cumplimentado los requerimientos de la Subsecretaría de Gestión Ambiental que surgen de fs. 19, solicitados por la Tec. Ftal. Marcela Vazquez en su carácter de Subsecretaria de Medio Ambiente de la Municipalidad de San Martín de los Andes.

3) a Fs. 31 del expte. surge indubitadamente, que todas estas construcciones se encuentran dentro del Lote “69 a” –ver croquis-.

4) Según lo informado por el Jefe de Inspectores de la Municipalidad de San Martín de los Andes, Sr. Mmo. Gabriel H. Raffaelli en su informe, se “verifican diferencias entre los presentado y construido, asimismo restan construcciones y ampliaciones por declarar”, además de varias exigencias allí planteadas en fecha 21 de Junio del corriente –puntos 1 a 5- que no han sido subsanadas, recordando además dicho funcionario, que se deberá dar cumplimiento a lo mencionado en fs. 18 a 20 de este expediente –puntos 1 y 2 precedentes.

5) A fs. 44 y 45, la propia Comunidad Curruhuinca, con el objeto de acreditar la titularidad de la tierra, acompaña un convenio que en su cláusula “d” establece que “La comunidad se compromete… a garantizar a La Provincia, al Concesionario actual y/o futuro, la utilización de los espacios del área de concesión que son necesarios para la continuidad de la explotación, sin restricciones de ninguna naturaleza, asegurando la libre circulación y utilización del área”. El mismo convenio establece que por dicho uso de la tierra comunitaria, comunidad Curruhuinca percibirá la suma de Dólares Estadounidenses Setenta Mil (U$S 70.000).

6) Del informe Nota 071/17, suscripto por el Director a cargo del Área de Bromatología Seg. E Higiene de la Municipalidad de San Martín de los Andes surge que no se da cumplimiento a lo establecido por el Art. 141 de la Ley 18284.

7) Surgen numerosas presentaciones realizadas por los distintos rentals de modo particular – sin acreditar el porque- cuando del propio expediente se desprende que ha sido iniciado por la Comunidad Mapuche Curruhuinca, no entendiendo el rol que estos han asumido, y demostrando que bajo el amparo de una Mesa Intercultural, se pretenden habilitar negocios de comerciantes particulares.

8) A fs. 79 vta. Del expediente surge que el asesor legal de la Municipalidad de San Martín de los Andes, difiere la opinión de la asesoría. Esto quiere decir que esta ordenanza no cuenta con un dictamen legal del Municipio que la avale.

9) También surge del expediente que el asesor legal del Concejo Deliberante, Dr. Jorge Fernández, tampoco ha realizado su dictamen legal. Esto quiere decir que esta ordenanza no cuenta con un dictamen legal del Concejo Deliberante que la avale”.

Para finalizar, arroja que “si con todas estas “luces de alerta” de los entes de contralor municipales de diversos ámbitos, y habiendo quedado más que comprobado que no se ha dado respuesta positiva a los requerimientos de estos, se decidiera dar trato y aprobación a una ordenanza de este tipo, con los efectos que se desprenderían de ella, quiera saber Sr. Presidente (Sergio Winkelman), que la gravedad institucional que una ordenanza de excepción como la que se plantea acarrearía, conllevaría a un escándalo jurídico de magnitud tal, que expondría al municipio y a los funcionarios involucrados, a responder por los daños y perjuicios que  se ocasionen a mi representada con independencia de las responsabilidades personales”.

 

Para finalizar, se reitera que “todas estas construcciones se encuentran dentro del área de Concesión”, adjuntándose pliegos del contrato vigente con la provincia de Neuquén.