El Concejo Deliberante de San Martín de los Andes aprobó la regulación de las excepciones urbanas y el presupuesto. Se establecieron condiciones para poder aprobarlas como las audiencias públicas. Se podrán pagar con tierras para proyectos sociales u obras de interés comunitario.

23 Dic 2013
    

En su última sesión del año, los concejales aprobaron por unanimidad el proyecto que regula la Renta Diferencial Urbana, una contribución del 20% sobre el valor de las mejoras resultante de cambios en los indicadores urbanísticos solicitados por los desarrolladores inmobiliarios. El aporte se pagará como el equivalente en tierras con destino a viviendas sociales u obras de interés comunitario.

 

En la misma sesión también se aprobó el Presupuesto Municipal 2014: 176.263.230 pesos.

El proyecto de Renta Diferencial Urbana, también llamado de Plusvalía fue presentado por la concejal del UNE, Ana Ambrogi, con aportes de otros bloques, que a la postre dieron forma a una iniciativa consensuada para dejar fuertes diferencias. La primera iniciativa de Ambrogi data de hace tres años.

De hecho, aquella propuesta inicial pretendía establecer la "plusvalía" directamente como un porcentaje sobre la diferencia entre el valor del inmueble cotizado antes y después de obras de infraestructura realizadas por el estado. Esa idea resultó controversial y quedó sin efecto.

La flamante ordenanza establece a favor del municipio el "derecho de participación en la renta diferencial urbana aplicable a todas las personas, físicas o jurídicas, propietarias y/o poseedoras de inmuebles que se encuentren ubicados dentro de los límites del ejido municipal, y que resultaren pasibles de un mayor valor ajeno a las acciones realizadas por el propietario o poseedor, y estén destinados a nuevas urbanizaciones".

Como "hechos generadores" de esa participación municipal fija el establecimiento o la modificación de parámetros urbanísticos, del régimen de usos del suelo y de la zonificación territorial sobre parcelas determinadas.

En la práctica, se trata de excepciones al código actual concedidas con un sentido superador para el proyecto del que se trate en cada caso. Una vez otorgadas, deberán permitir al estado municipal la participación en la apuntada renta diferencial surgida de la tasación del inmueble.

Sin embargo y para evitar abusos en la discrecionalidad de esas excepciones, la norma establece varios tamices para arribar a la firma de un "convenio urbanístico" con el proponente o desarrollador: dictamen de la Comisión de Producto Urbanístico, dictamen de las instancias técnicas del Ejecutivo, giro de actuaciones al Concejo Deliberante y audiencia pública.

Finalmente se determinará la renta diferencial generada por el establecimiento o la modificación de los parámetros urbanísticos y del régimen de usos del suelo.

Para determinar los valores y estimar la renta diferencial se tomará en cuenta la tasación efectuada en función de la presente ordenanza con el precio actual de las parcelas en cada una de las zonas o subzonas beneficiarias que resulten con características ambientales y económicas homogéneas. Esa tasación deberá ser realizada en base a los valores anteriores (precio comercial) y posteriores a la acción urbanística generadora de incremento de la renta, mediante la cual se asignen usos, intensidades de edificación y/o zonificación (nuevo precio de referencia).

El mayor valor generado por metro cuadrado se estimará como la diferencia entre el precio comercial y el nuevo precio de referencia. El porcentaje a aplicar sobre la diferencia será del 20% en favor del estado.

El proponente podrá pagar esa diferencia mediante la construcción de obras de infraestructura de servicios públicos y/o de áreas de recreación y equipamientos, priorizando el desarrollo urbano en los sectores más vulnerables de la sociedad.

También podrá transferir al municipio una porción del inmueble objeto de la aplicación de la norma u otro de igual valor al monto liquidado y dentro del ejido municipal. Las parcelas transferidas se integrarán al Banco de Tierras e Inmuebles, conforme lo previsto en la Carta Orgánica Municipal.

Las tasaciones se realizarán por convenio con la Cámara Inmobiliaria local.

Fuente / Foto: Diario Río Negro