En función de la situación de inestabilidad laboral que poseen varios agentes municipales contratados bajo diferentes formas vinculares por la administración municipal, que por cuestiones coyunturales que incidieron negativamente en la realización de concursos externos no han tenido la posibilidad de acceder a estos, atendiendo a la sana inquietud de consolidar su situación en el marco de los mecanismos previstos en el Estatuto, pero su vínculo se ha ido renovando secuencialmente, casi sin interrupciones, poniéndose entonces de manifiesto que su desempeño se ajustaría a las necesidades y expectativas de los puestos que ocupan actualmente, se entiende pertinente y oportuno considerar un mecanismo consensuado que permita regularizar, con equidad, la situación de estos agentes.

14 Sep 2013
    

Este jueves 12 de Septiembre, se reunieron, por parte del Departamento Ejecutivo, el Secretario de Gobierno, Sr. Guillermo Carnaghi, el Secretario de Turismo, Sr. Salvador Vellido, el Secretario de Economía y Hacienda, Cr. Gustavo Calabresi y el Subsecretario de Ingresos Públicos, Dr. Pablo Foia, y por parte de la Asociación de Trabajadores del Estado, Seccional Zona Sur, el Sec. Adjunto Sr. Segundo Andrade y el Sr. Nelson Ilabaca, y el Sr. Julio Andrés Ferrero por parte de U.P.C.N., en el marco paritario, con el fin de acordar lo que se detalla a continuación: 

Sustituir el vínculo contractual que actualmente poseen los agentes que, al 31 de diciembre de 2013, cuenten con dos (2) años y 6 meses de antigüedad prestando servicios en la municipalidad de San Martín de los Andes, por el de “contrato de empleo público”, aplicable éste para los ingresos producto de concursos externos, iniciándose, a partir de ese momento, un período de prueba de 12 meses, dándole de esta manera un marco regulatorio ajustado a pautas estatutarias. 

Transcurridos los primeros seis meses del período mencionado, los jefes y/o superiores jerárquicos – hasta la figura de Secretario- y con el consentimiento de la C.I.A.P., realizarán una primera evaluación en la que los agentes deberán obtener una valoración igual o superior a la media aceptable, lo que les permitirá continuar hasta la segunda y última instancia. 

Quienes no atraviesen la primera instancia de evaluación, automáticamente quedarán desvinculados contractualmente del municipio, sin posibilidades de que sean, a futuro, nuevamente contratados bajo ninguna de las figuras previstas en el CCT. 

Cumplidos los 12 meses se realizará la evaluación final de los agentes. Así como en la anterior evaluación, debiendo ser favorable en todos los casos. 

A los fines de llevar adelante los procesos mencionados, se adjunta como Anexo I, el listado de los agentes que quedarán incorporados al presente acuerdo, en tanto reúnen, inicialmente, los requisitos del tiempo de contratación a obtener al 31 de diciembre de 2013. 

El encuadramiento que se dispondrá para los nuevos vínculos contractuales que se establezcan con los agentes que se incorporen al sistema, responderá estrictamente a las pautas del presente C.C.T. Por tanto si existiesen casos en que por el tipo de vínculo preexistente, se hubiera concedido un agrupamiento mayor al de correspondencia de la persona, en el contrato de “Empleo Público”  se re encuadrará al agente en el agrupamiento de concordancia, aunque ello signifique la disminución de su categoría. Dicho reencuadramiento final de cada trabajador será realizado en el marco de la C.I.A.P. 

En prueba de conformidad con lo antes mencionado y en un todo de acuerdo con ello, los representantes de las partes firmaron tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.