Ahora “ordenaron” -vía resolución- a los profesionales que prestan servicios en los hospitales públicos de San Martín o de Junin, que realicen el tratamiento correspondiente al joven. Es por la “necesidad de tratamiento” que surge de la sentencia y porque mientras no cumpla con ese paso, “se encuentra con prisión domiciliaria”. Además, pidieron que no se difunda la medida y reconocen “hostilidad” por parte de la población para con ellas.

08 Ene 2015
    

A través de una resolución que lleva las firmas de las Dras. Liliana Deiub y Florencia Martini, se conoció una nueva determinación que tomaron las dos juezas que votaron por condenar durante el juicio a Matias Ancatel culpable, pero los delitos de “Abuso Simple y Robo simple”.

En la última semana del año 2014, las juezas –y por pedido de la defensa- enviaron una “orden” a los profesionales de la salud pública regional que hagan lugar al tratamiento del joven condenado, ya que hasta el momento no ha avanzado en este punto que formaba parte de la sentencia.

“Lo mismo que sucede cuando algún detenido sale con libertad condicional, se sujeta todo a ciertas condiciones”, explicó el abogado querellante, Carlos Sanchez Galarce. “En el caso de Ancatel, una de las condiciones que se fijó es que él tenía que hacer un tratamiento psicológico o psiquiátrico; más que nada por el tema de sus adicciones”, resumió.

“El punto es que aparentemente no fue atendido ni en salud pública de San Martín, ni de Junín; ni tampoco por algún privado”, explicó el abogado, y es por eso que Ancatel continua en prisión domiciliaria.

“Llamativamente, la defensa de Ancatel había pedido que se ordenara a las instituciones públicas suministrar ese tratamiento, (…) lo que más me ha llamado la atención de esta resolución firmada por las juezas Deiub y Martini”, integrantes del tribunal que juzgo al joven, “hay un párrafo de la resolución que dice que la decisión se fundamenta en el hecho de que es conocido por los jueces la hostilidad por parte de la población, para con Ancatel, para con los defensores y para con las juezas”, explicó Sanchez Galarce.

“Eso, aparentemente es lo que acreditaría la imposibilidad de realizar el tratamiento en forma privada”, dijo asombrado el abogado, “lo que me llama la atención es que están resolviendo juezas que manifiestan ser concientes que hay una hostilidad contra ellas, y eso indica que no puede haber imparcialidad y tranquilidad de espíritu; dos normas esenciales”, insistió.

Este último punto podría derivar en una recusación para las dos juezas que firman la medida, al no poder juzgar el caso con “imparcalidad y tranquilidad de espíritu”, influenciadas por esa “hostilidad” que reconocen de la ciudad para con ellas.

NO difundan

“Se solicita a las partes acusadoras, pública y privada, atender al pedido de responsabilidad de no hacer trascender esta medida para evitar que se frustre”, expresaron en la resolución llamativamente.

Sobre esto, Sanchez Galarce, dijo que “en el procedimiento penal no existe el secreto, si la reserva, pero no existe ningún secreto; y me piden que yo no dé a publicidad esta resolución”.