En la sesión número 17 del Concejo Deliberante se aprobaron dos normas importantísimos para el desarrollo de una política de vivienda transparente y acorde a las necesidades que la demanda habitacional requiere. Uno de estos temas, impulsado por el bloque del Frente de Todos, es la creación de la Comisión Transitoria para establecer los criterios de adjudicación en los lotes 12-F8, de la Chacra 30 y en el polígono comprendido en la Manzana O, Fracción B de la Chacra 28.
Debido a que las viviendas constituyen la base de la estabilidad y la seguridad de los individuos y las familias, estos criterios deben ser equitativos y solidarios, dando prioridad al logro de un grado equivalente de desarrollo, calidad de vida e igualdad de oportunidades a cada vecino de nuestra ciudad, propiciando proyectos de calidad constructiva y urbanística.
Para establecer los criterios de manera democrática y participativa, la comisión estará conformada por un concejal de cada Bloque Político, un representante del Instituto de Vivienda y Hábitat, un representante de la Secretaría de Desarrollo Social, un representante de la Defensoría del Pueblo y del Ambiente y un representante del Consejo Asesor de la Vivienda.
Asimismo, en el desarrollo de la misma sesión se aprobó el protocolo para el recupero de las viviendas sociales implantadas en distintos barrios de nuestra ciudad, ejecutadas por el Estado y que por distintas circunstancias no cumplen con el objetivo por el cual fueron adjudicadas. En la norma presentada por el concejal Martín Rodríguez del Frente de Todos, se especifica que las viviendas recuperadas deberán ser adjudicadas a los beneficiarios suplentes que cumplan con los requisitos y criterios que establece ese plan.
El protocolo de recupero requiere la elaboración de un informe, como mínimo, de dos Entes prestadores de servicios públicos, que constaten la falta de consumo, de al menos seis meses, acorde con el uso continuo y permanente de la vivienda a recuperar, así como un acta de constatación, realizada por el Instituto de Vivienda y Hábitat, de la falta de ocupación de los adjudicatarios. También se establece como criterio de recupero la certificación de incumplimiento de al menos una exigencia establecida en el Boleto de Compraventa.